Funciones de Profesores de Secundaria en la Comunidad de Madrid
La Ley Orgánica de Educación enumera 12 funciones docentes, entre otras tareas, desde programar y enseñar hasta orientar, evaluar y mejorar el instituto.
En 30 segundos
- 12funciones enumeradas en el artículo 91 de la LOE
- ESOmaterias según la especialidad
- Bachilleratoatribución docente por materia
- FPmódulos según el puesto docente
Funciones del profesorado de Secundaria en Madrid
El artículo 91 de la LOE enumera doce funciones: enseñar, evaluar, orientar y participar en la actividad del centro, entre otras.
- Programar y enseñarPlanifica e imparte las áreas, materias, módulos o ámbitos encomendados.
- Evaluar aprendizaje y enseñanzaValora el aprendizaje y revisa los procesos de enseñanza.
- Tutorizar y apoyarTutoriza, orienta y apoya el aprendizaje con las familias.
- Orientar el futuroOrienta decisiones educativas, académicas y profesionales con apoyo especializado.
- Atender el desarrollo integralAtiende el desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz, social y moral del alumnado.
- Promover actividadesPromueve y participa en actividades complementarias dentro y fuera del centro.
- Cuidar la convivenciaContribuye a un clima de respeto, tolerancia, participación y libertad.
- Informar a las familiasInforma periódicamente a las familias y facilita su cooperación.
- Coordinar tareasCoordina las actividades docentes, de gestión y dirección encomendadas.
- Participar en el centroParticipa en la actividad general del centro.
- Colaborar en evaluacionesColabora en planes de evaluación de la Administración o del centro.
- Mejorar la enseñanzaInvestiga, experimenta y mejora continuamente la enseñanza.
Cómo se reparte el trabajo docente en el instituto
La LOE establece las funciones del profesorado y el Reglamento Orgánico de los IES describe formas de coordinación entre docentes.
| Responsabilidad docente | Cómo se concreta |
|---|---|
| Programación y enseñanza | Define la secuencia, las actividades y los recursos de las materias que tiene encomendadas. |
| Evaluación | Comprueba el aprendizaje del alumnado y revisa también los procesos de enseñanza. |
| Tutoría | Quien recibe este encargo acompaña al grupo y coordina el seguimiento con las familias. |
| Orientación | Colabora en decisiones educativas, académicas y profesionales junto a los servicios especializados. |
| Familias | Informa periódicamente sobre el proceso educativo y facilita la cooperación con el centro. |
| Actividades complementarias | Participa en propuestas dentro o fuera del instituto que completan la enseñanza. |
| Convivencia | Contribuye a un entorno de respeto, tolerancia, participación y libertad para la comunidad educativa. |
| Evaluación del centro | Colabora en los planes de evaluación que promueven la Administración o el propio instituto. |
La ley recoge funciones comunes; el centro organiza su coordinación según los grupos, la oferta educativa y las tareas asignadas.
Dónde trabaja el profesorado de Secundaria
El Real Decreto 1834/2008 contempla la docencia en ESO, Bachillerato y Formación Profesional. El Real Decreto 286/2023 asigna las materias de las dos primeras etapas a las especialidades correspondientes.
- ESOetapa educativaRD 286/2023
Materias y ámbitos
Imparte las materias que corresponden a su especialidad y al puesto asignado.
- Bachilleratoetapa educativaRD 286/2023
Materias de la etapa
Enseña y evalúa las materias atribuidas a su especialidad dentro de la oferta del centro.
- FPenseñanzas profesionalesRD 1834/2008
Módulos profesionales
Puede impartir módulos cuando su especialidad y atribución docente lo permiten.
- Institutocomunidad educativaLOE · art. 91
Actividad del centro
Participa también en tutoría, orientación, convivencia y coordinación según sus tareas.
La especialidad y el puesto delimitan las enseñanzas asignadas; el centro concreta grupos, cursos y actividades.
Comprueba los requisitos de acceso y la especialidad de la convocatoria madrileña.
Ver la oposiciónQué órganos comparten la planificación educativa
El Reglamento Orgánico de los IES describe departamentos, tutorías y juntas de profesores. En Madrid, el Decreto 71/2020 remite a ese reglamento para constituir órganos de gobierno de los institutos que crea.
- Departamentos didácticosComparten la programación, la metodología y la evaluación de las materias de su área.
- Tutoría de grupoAcompaña al alumnado y coordina su seguimiento con el equipo docente y las familias del grupo.
- Junta de profesoresPone en común la evolución del grupo y acuerda medidas de apoyo y convivencia.
- Departamento de orientaciónColabora en la orientación educativa y profesional y en el trabajo tutorial del instituto.
- Coordinación pedagógicaAlinea pautas para preparar y revisar programaciones y proyectos curriculares.
- ClaustroParticipa en la planificación y las decisiones educativas generales del centro.
Del diseño de la materia a la mejora del curso
El artículo 91 de la LOE conecta programación, enseñanza, evaluación y coordinación.
- Programación
Planificar
Ordena contenidos, actividades y evaluación para las materias asignadas.
- Aula
Enseñar
Desarrolla la propuesta didáctica con el grupo y los recursos disponibles.
- Seguimiento
Evaluar
Revisa el aprendizaje y ajusta la enseñanza a las necesidades observadas.
- Equipo docente
Coordinar
Comparte acuerdos y propuestas de mejora con el centro y las familias.
Otras responsabilidades del puesto docente
La LOE recoge tareas de tutoría, orientación, coordinación y evaluación. El Reglamento Orgánico de los IES concreta parte de esa organización en los institutos.

- 01Seguimiento tutorialOrienta al grupo, acompaña su aprendizaje y mantiene el contacto con las familias.
- 02Coordinación de departamentoPone en común programas, actividades y criterios de evaluación de las materias.
- 03Orientación educativaColabora con los servicios especializados en decisiones académicas y profesionales.
- 04Junta del grupoComparte avances del alumnado y acuerda respuestas educativas coordinadas.
- 05Actividades complementariasParticipa en propuestas del instituto que amplían el trabajo realizado en el aula.
- 06Revisión de la enseñanzaContribuye a evaluar la práctica docente y proponer ajustes para el curso.

Consulta las especialidades y plazas de la convocatoria de Secundaria en Madrid.
Ver la convocatoriaQué comprobar antes de incorporarte a una especialidad
El artículo 2 y los anexos del Real Decreto 286/2023 asignan materias de ESO y Bachillerato a distintas especialidades docentes. La oferta del instituto concreta grupos y cursos.
- 1
Identifica tu especialidad
Comprueba las materias y etapas que la norma vincula al puesto.
- 2
Revisa el centro
Contrasta esa atribución con la oferta educativa y los grupos asignados.
- 3
Prepara la docencia
Coordina programación, actividades y evaluación con el departamento y el equipo.
Cada dato, con su fuente.
Funciones, etapas, atribución de materias y organización de los institutos contrastadas en normas oficiales.
mapaoposiciones no es una academia. Leemos el BOE y las webs oficiales, y te lo contamos claro. Si algo cambia, lo cambiamos aquí con la fecha.
Revisado el 24/10/2026- Ley Orgánica 2/2006, de Educación · texto consolidado · BOEArtículo 91: funciones docentes. Artículos 94 y 95: requisitos generales de docencia en Secundaria y Formación Profesional.Abrir
- Real Decreto 286/2023 · atribución de materias · BOEArtículo 2 y anexos: asignación de materias de ESO y Bachillerato a las especialidades de los cuerpos docentes.Abrir
- Real Decreto 1834/2008 · especialidades docentes · BOEEspecialidades para docencia en ESO, Bachillerato y FP; texto consolidado con actualización publicada en 2023.Abrir
- Real Decreto 83/1996 · Reglamento Orgánico de los IES · BOEArtículos 49 y 53 a 58: departamentos didácticos, coordinación pedagógica, tutoría y juntas de profesores.Abrir
- Decreto 71/2020 · BOCMLa Comunidad de Madrid remite al Reglamento Orgánico de los IES para constituir sus órganos de gobierno.Abrir
Dudas sobre el trabajo docente
¿Qué funciones tiene el profesorado de Secundaria en Madrid?
El artículo 91 de la LOE enumera doce funciones, entre otras: programar y enseñar, evaluar, tutorizar, orientar, atender el desarrollo del alumnado, colaborar con las familias, participar en el centro y mejorar la docencia.
¿Qué determina las materias que puede impartir cada profesor?
La especialidad y la atribución docente delimitan las materias que puede impartir cada puesto. El Real Decreto 286/2023 asigna las de ESO y Bachillerato; la oferta del instituto concreta los grupos y cursos.
¿La tutoría es obligatoria para todo el claustro?
La tutoría forma parte de la función docente, pero no todo el profesorado recibe el encargo de tutor de grupo. El Reglamento Orgánico de los IES prevé que se designe entre quienes imparten clase a ese grupo.
¿Quién coordina la evaluación de un grupo?
Cada docente evalúa el aprendizaje y también los procesos de enseñanza, como dispone la LOE. La persona tutora coordina la evaluación del grupo y la junta de profesores comparte su seguimiento (artículos 56 a 58).
¿Cómo contribuye el profesorado a la convivencia del instituto?
La LOE le encomienda contribuir a un clima de respeto, tolerancia, participación y libertad. La coordinación del equipo docente permite abordar el seguimiento del grupo y las medidas de convivencia previstas para el centro.
¿Qué órganos ayudan a organizar el trabajo docente?
Los departamentos didácticos preparan las programaciones; las tutorías y juntas de profesores coordinan el seguimiento de cada grupo, y el claustro participa en las decisiones educativas. El Reglamento Orgánico de los IES describe estos espacios de coordinación.
¿Cambian las funciones según la especialidad?
Las funciones docentes generales se aplican al profesorado, mientras que las materias asignadas varían según la especialidad y la etapa. El Real Decreto 286/2023 regula la atribución en ESO y Bachillerato, y el Real Decreto 1834/2008 establece especialidades docentes.
¿Te ves en el aula? Revisa el proceso de Madrid.
Consulta la convocatoria de Profesores de Secundaria en Madrid.
Ver la oposición