Funciones de los Profesores de Secundaria en Andalucía
El artículo 9 del Decreto 327/2010 reúne 14 funciones y deberes del profesorado de los institutos.
En 30 segundos
- 14funciones y deberes del artículo 9
- 8tareas de tutoría en el instituto
- 6órganos de coordinación docente
- 12funciones generales de la LOE
Trabajo docente en Secundaria en Andalucía: atención al alumnado
El artículo 9 del Decreto 327/2010 concreta la norma estatal para los institutos: enseñar lo asignado, acompañar el aprendizaje y participar en la vida del centro. El trabajo se organiza con colaboración y coordinación entre docentes.
- Programar y enseñarImparte las materias, módulos o ámbitos asignados.
- Evaluar el aprendizajeValora al alumnado y revisa su enseñanza.
- Tutorizar y orientarAcompaña el aprendizaje junto a las familias.
- Orientar su recorridoColabora con los servicios especializados.
- Atender el desarrolloAtiende su desarrollo intelectual, afectivo, psicomotor, social y moral.
- Promover actividadesOrganiza y participa en actividades complementarias.
- Cuidar la convivenciaFomenta respeto, tolerancia y participación.
- Informar a familiasComunica avances y facilita su cooperación.
- Coordinar tareasAsume encargos docentes, de gestión o dirección.
- Participar en el centroAporta a la vida común del instituto.
- Formarse en el centroParticipa en acciones formativas programadas.
- Colaborar en evaluaciónApoya los planes educativos de Consejería o centro.
- Mejorar la enseñanzaInvestiga y revisa la práctica docente.
- Usar tecnologíasEmplea herramientas digitales de forma habitual.
Qué tareas asume la tutoría en Secundaria
El artículo 91 del Decreto 327/2010 concreta las tareas tutoriales; el artículo 90 regula la designación y la relación con cada grupo.
| Tarea | Qué implica |
|---|---|
| Plan de orientación | Poner en marcha el Plan de Orientación y Acción Tutorial previsto por el instituto. |
| Orientación académica | Conocer capacidades e intereses para guiar decisiones personales, escolares y profesionales del alumnado. |
| Coordinación del grupo | Alinear las actividades de enseñanza, medidas de apoyo y acuerdos del equipo docente. |
| Sesiones de evaluación | Convocar y presidir reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación del grupo. |
| Información familiar | Explicar la evolución del aprendizaje y facilitar la cooperación educativa con las familias. |
| Integración y participación | Favorecer la incorporación al grupo e impulsar su presencia en actividades del centro. |
| Escucha del alumnado | Recabar sus opiniones sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje en las materias. |
| Programas del instituto | Colaborar en programas específicos según el reglamento interno y las instrucciones aplicables. |
La dirección designa a la persona tutora entre el profesorado que imparte clase al grupo, a propuesta de la jefatura de estudios.
Dónde se desarrolla el trabajo docente
El Decreto 327/2010 sitúa la tarea docente en el aula y en la organización del instituto. El seguimiento del alumnado y la programación de cada materia requieren acuerdos con otros profesionales. La asignación concreta depende del puesto y de las enseñanzas que imparte cada docente.
- Aulaámbito
Enseñar la materia
Planifica e imparte los contenidos asignados, adaptando la actividad al grupo.
- Grupoámbito
Tutoría y apoyo
Acompaña el aprendizaje y coordina decisiones con tutoría y equipo docente.
- Depto.ámbito
Acuerdos didácticos
Comparte criterios de evaluación y revisa la programación de su especialidad.
- Institutoámbito
Vida compartida
Colabora en la convivencia, las actividades y los proyectos del centro.
El artículo 83 regula el seguimiento de cada grupo; el artículo 92 concreta la coordinación de los departamentos didácticos y la elaboración de la programación.
Antes de elegir especialidad, revisa las bases de acceso al cuerpo docente.
Ver la oposiciónÓrganos que coordinan un instituto
El artículo 82 del Decreto 327/2010 organiza la coordinación docente en los IES. El centro concreta el funcionamiento de estos espacios en su proyecto educativo. Los equipos sostienen la coordinación cotidiana.
- Equipos docentesAgrupan a quienes enseñan al mismo grupo para seguir su aprendizaje y acordar medidas.
- Departamento de orientaciónAsesora sobre necesidades educativas, orientación académica y apoyos al alumnado.
- Equipo técnico pedagógicoCoordina las propuestas pedagógicas comunes con la dirección del instituto.
- TutoríasConectan el seguimiento de cada grupo, la orientación y el contacto con las familias.
- Departamentos didácticosPreparan la programación y coordinan las materias, módulos o ámbitos asignados.
- Área de Formación ProfesionalCuando existe, articula el trabajo de las familias profesionales del centro.
Docencia, tutoría y coordinación en el IES
Los artículos 9, 83, 90 y 92 del Decreto 327/2010 describen tareas relacionadas que se coordinan en el centro.
- Materia
Planifica
Prepara la enseñanza de materias, módulos o ámbitos asignados.
- Grupo
Acompaña
Guía el aprendizaje y mantiene el seguimiento tutorial.
- Equipo
Coordina
Comparte evaluación y medidas educativas con otros docentes.
- Centro
Participa
Contribuye a las actividades y acuerdos del instituto.
Tareas que conectan el aula y el instituto
El artículo 9 del Decreto 327/2010 incluye estas responsabilidades en la práctica docente. Los equipos docentes acuerdan el seguimiento y las medidas que necesita cada grupo.

- 01Preparar la materiaConecta los contenidos con la programación didáctica del departamento.
- 02Enseñar el currículoExplica, acompaña y adapta las actividades al grupo.
- 03Evaluar y revisarValora el aprendizaje, comunica criterios y detecta dificultades.
- 04Orientar con el equipoComparte necesidades educativas con tutoría y los servicios de orientación.
- 05Cuidar el climaPreviene conflictos y favorece respeto, participación y convivencia.
- 06Colaborar con familiasInforma del progreso y facilita la cooperación en el proceso escolar.

Consulta la convocatoria y sus especialidades para conocer el cuerpo al que optas.
Ver la convocatoriaCómo se concreta la especialidad en el instituto
El artículo 92 del Decreto 327/2010 conecta las materias, módulos o ámbitos asignados con la programación didáctica de cada departamento.
- 1
Ubica la materia
El puesto determina las materias, módulos o ámbitos que tienes encomendados.
- 2
Alinea el currículo
El departamento acuerda la programación didáctica y sus criterios de evaluación.
- 3
Ajusta al grupo
Evalúa el aprendizaje y revisa la enseñanza junto al equipo docente.
Cada dato, con su fuente.
Funciones contrastadas con la LOE y el texto consolidado vigente del Decreto andaluz 327/2010; la reforma de 2026 y la información de la Consejería también se han revisado.
mapaoposiciones no es una academia. Leemos el BOE y las webs oficiales, y te lo contamos claro. Si algo cambia, lo cambiamos aquí con la fecha.
Revisado el 24/10/2026- Ley Orgánica 2/2006, de Educación · texto consolidado · BOEArtículo 91: funciones generales del profesorado. Artículo 94: docencia en Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.Abrir
- Decreto 327/2010 · texto consolidado vigente · BOJAArtículos 9, 82, 83 y 90 a 92: funciones docentes, coordinación, equipos, tutoría y departamentos. Versión consolidada vigente desde el 31/08/2026.Abrir
- Decreto 483/2026 · BOJA 168, complemento 3Reforma vigente del Reglamento Orgánico de los IES; actualiza, entre otros, los artículos 82, 84, 88, 89 y 91 del Decreto 327/2010.Abrir
- Organización y funcionamiento de los centros · Consejería de EducaciónLa Consejería identifica el Decreto 327/2010 como reglamento orgánico de los institutos de Educación Secundaria y enlaza la normativa aplicable.Abrir
Dudas sobre las funciones del profesorado de Secundaria
¿Qué funciones tiene el profesorado de Secundaria en Andalucía?
El artículo 91 de la LOE recoge tareas generales como programar, enseñar, evaluar, orientar y colaborar con las familias. Para los institutos andaluces, el artículo 9 del Decreto 327/2010 concreta deberes sobre formación, evaluación y tecnologías.
¿Qué norma concreta las tareas del profesorado en los institutos?
El Decreto 327/2010 regula las funciones docentes y la organización de los IES en Andalucía. Su artículo 9 trata los deberes del profesorado; otros artículos ordenan los equipos, la tutoría y los departamentos didácticos.
¿Todo docente del IES puede ser tutor o tutora?
La dirección nombra a una persona tutora por grupo, a propuesta de la jefatura de estudios y entre el profesorado que da clase en él. El artículo 90 del Decreto 327/2010 también prevé tutoría compartida en determinados casos de alumnado con necesidades educativas especiales.
¿Qué hace la tutoría de un grupo?
La tutoría orienta el aprendizaje, coordina al equipo docente, comunica el progreso a estudiantes y familias y favorece la integración en el grupo. El artículo 91 del Decreto 327/2010 desarrolla estas responsabilidades en los institutos.
¿Cómo se coordinan los profesores de una materia con el resto del centro?
El profesorado acuerda criterios en los equipos docentes y en los departamentos de coordinación didáctica. Los artículos 82 y 83 del Decreto 327/2010 describen estos órganos y el seguimiento del grupo; el proyecto educativo concreta la organización del instituto.
¿Hay que informar a las familias sobre el progreso del alumnado?
Sí. El artículo 9 del Decreto 327/2010 incorpora la comunicación periódica a los deberes docentes; el artículo 91 concreta la tarea tutorial de informar y facilitar la cooperación educativa. El centro organiza los canales de contacto.
¿Cambian las tareas según la especialidad o el puesto asignado?
Las obligaciones generales se mantienen, pero las materias, módulos o ámbitos encomendados dependen del puesto. El artículo 92 del Decreto 327/2010 atribuye a cada departamento la programación didáctica y la coordinación de sus enseñanzas.
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