Temario de Administrativo/a del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
El Anexo I reúne 10 temas. La oposición tiene un test único basado en este programa; consulta sus enunciados oficiales.
En 30 segundos
- 10temas en el Anexo I
- 1ejercicio tipo test
- 50preguntas del cuestionario
- 60 minduración del ejercicio
Las materias del temario municipal
Las bases publican un único Anexo I, sin subdividirlo en bloques. Este esquema editorial agrupa sus materias para orientarte; los enunciados y su numeración se conservan en el programa completo.
- Organización municipalTema 1: Gobierno Municipal, Pleno, Alcaldía, Tenencias de Alcaldía y Junta de Gobierno.
- Procedimiento administrativoTemas 2 a 5: disposiciones, personas interesadas, actos, garantías, fases, revisión de oficio y recursos.
- Hacienda local y empleo públicoTemas 6 y 7: impuestos locales y personal público, con clases, derechos y deberes.
- Transparencia y datos personalesLos temas 8 y 9 tratan transparencia, acceso a la información, protección de datos y sus principios y derechos.
- IgualdadEl tema 10 aborda el principio de igualdad, la tutela frente a la discriminación y las políticas públicas.
Consulta el contexto de la convocatoria antes de ordenar los temas del programa.
Ver la oposiciónOrganización política y administrativa del Ayuntamiento
El tema municipal reúne los órganos que las bases nombran expresamente. La guía relaciona esas denominaciones con la estructura del gobierno local y sirve como apoyo editorial al enunciado oficial.
Normas de referencia
Ver el enunciado oficial y la guía editorial
- 1La organización política y administrativa del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz (I): el Gobierno Municipal. El Pleno. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno.
Lectura orientativa · editorial
- Los órganos del enunciadoEl título identifica el Gobierno Municipal, el Pleno, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno. Empieza por crear una ficha para cada denominación, con el nombre legal y la referencia que ofrece la Ley de Bases del Régimen Local. El propósito es reconocer qué órgano se menciona en cada epígrafe y no confundirlo con otra unidad administrativa. Mantén el vocabulario de las bases y desarrolla las competencias consultando el texto consolidado de la ley, porque el programa no enumera atribuciones concretas ni las distribuye entre los órganos.
- El Pleno y su funciónLa Ley de Bases del Régimen Local define el Pleno como órgano integrado por los concejales y presidido por el Alcalde. Entre sus cometidos incluye el control y la fiscalización de los órganos de gobierno. Al estudiar este apartado, distingue la función colegiada del Pleno de las funciones de dirección que el mismo marco atribuye a otros órganos. Revisa en la norma cómo se forman sus acuerdos y qué materias aparecen bajo su competencia, sin convertir la guía en un listado cerrado. El enunciado municipal solo exige conocer el Pleno dentro de la organización política y administrativa del Ayuntamiento.
- Alcalde y dirección municipalLa Ley 7/1985 presenta al Alcalde como presidente de la Corporación y le atribuye dirigir el gobierno y la administración municipal, además de representar al Ayuntamiento. Estas referencias ayudan a comprender por qué el Alcalde aparece como punto de conexión entre el Pleno y la Junta de Gobierno. Para preparar el tema, separa la presidencia, la representación y la dirección como conceptos de lectura; después verifica el alcance preciso en el texto legal vigente. No es necesario trasladar a esta convocatoria decisiones organizativas propias de Torrejón que no estén publicadas en las bases.
- Tenientes de AlcaldeEl enunciado incluye a los Tenientes de Alcalde como órganos que forman parte de la organización municipal. La Ley de Bases del Régimen Local prevé que sustituyan al Alcalde, por el orden de su nombramiento, en los casos contemplados por la norma. En una ficha de estudio conviene anotar la relación de sustitución y separarla de las atribuciones ordinarias del Alcalde. Comprueba también cómo se vincula esa figura con la Junta de Gobierno Local, ya que la ley regula conjuntamente esas materias. El objetivo editorial es conservar las diferencias entre cargos y no tratar sus nombres como equivalentes.
- Junta de Gobierno LocalLa Junta de Gobierno Local aparece en el programa como órgano distinto del Pleno y del Alcalde. La legislación local la describe bajo la presidencia del Alcalde y recoge su participación colegiada en la dirección política, junto con funciones ejecutivas y administrativas. Para repasar, subraya qué expresiones describen su composición y cuáles explican su papel. Contrasta los apartados legales que desarrollan sus funciones, pues el título de las bases no las detalla. Esta lectura permite conectar los órganos municipales sin inventar una jerarquía distinta de la que establece la normativa.
- Cómo repasar la estructuraUna vez preparadas las fichas, compara las cinco denominaciones del tema con el índice legal y verifica que cada una conserva su explicación propia. Puedes utilizar preguntas de recuperación: qué órgano está presidido por el Alcalde, cuál ejerce el control de los órganos de gobierno y qué figura sustituye al Alcalde en los supuestos legales. Contrasta cada respuesta en la fuente oficial, en lugar de memorizar una tabla descontextualizada. Esta pauta es una herramienta editorial; las bases no publican una ponderación por órgano ni anticipan cuántas preguntas podrían referirse a este tema.
Ley 39/2015 (I): disposiciones, interesados y actos
El primer tema de procedimiento une reglas generales, personas interesadas, actividad administrativa y actos. Su guía ordena esos conceptos para que el enunciado pueda estudiarse con la ley abierta.
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- 2La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): disposiciones generales. Interesados en el procedimiento. Actividad en la Administración Pública. Actos administrativos.
Lectura orientativa · editorial
- Disposiciones generalesLa Ley 39/2015 establece las reglas comunes del procedimiento administrativo y determina su ámbito de aplicación. Para comenzar, identifica el objeto de la norma y los sujetos administrativos a los que se dirige. Después recorre las disposiciones generales antes de entrar en las fases que aparecen en temas posteriores. Esta secuencia evita mezclar el marco común con los trámites concretos. Las bases citan las disposiciones generales como parte del enunciado, pero no enumeran artículos; el estudio debe contrastarse con el texto completo publicado por el BOE.
- Personas interesadasEl programa incluye a las personas interesadas y la ley contempla, entre otros supuestos, a quienes promueven un procedimiento por derechos o intereses legítimos y a quienes pueden ver afectados sus derechos por la decisión. Revisa la definición legal, la representación y la incorporación de nuevos interesados cuando corresponda. En tus notas, distingue quién puede participar, quién actúa en nombre de otra persona y qué información recibe durante la tramitación. La finalidad de esta parte es entender la posición de las personas dentro del procedimiento, no memorizar el término de forma aislada.
- Actividad de la AdministraciónLa actividad administrativa conecta el marco general con las actuaciones concretas que permiten tramitar un asunto. Al leer la Ley 39/2015, observa cómo se organiza la relación con las personas, qué garantías acompañan la tramitación y qué efectos tiene la actuación administrativa. No reduzcas este epígrafe a una lista de formularios: el enunciado lo sitúa junto a los interesados y los actos, de modo que conviene comprender cómo se relacionan esos elementos. Completa la ficha con referencias normativas y evita incorporar procedimientos especiales que no se mencionan en las bases.
- Actos administrativosEl tema termina con los actos administrativos. La ley regula quién los dicta, su contenido y sus efectos, y conecta su eficacia con la notificación, publicación u otras condiciones previstas legalmente. Para estudiar, separa la producción del acto, su contenido y el momento en que produce efectos. Esta distinción ayuda a no confundir una decisión administrativa con el trámite que la prepara. Contrasta cada concepto en la norma y usa ejemplos sencillos solo como práctica de comprensión, sin presentarlos como supuestos oficiales de la convocatoria.
- Relación entre los apartadosLos cuatro rótulos oficiales se pueden leer como un recorrido: primero el marco de la ley, después las personas que intervienen, luego la actividad administrativa y finalmente los actos que expresan decisiones. Esa relación es útil para ordenar apuntes, aunque las bases no convierten el tema en una secuencia procedimental ni añaden subapartados. Conserva el texto oficial al construir el índice de tu ficha y deja las explicaciones en una columna distinta. De ese modo puedes comprobar qué parte procede literalmente del programa y qué parte es una ayuda propia de estudio.
- Repaso con la norma abiertaCierra el tema leyendo de nuevo el enunciado y localizando cada una de sus expresiones en la Ley 39/2015. Formula una pregunta breve por concepto, responde sin mirar la ficha y vuelve después a la norma para verificarla. Si una respuesta mezcla la condición de interesado con el contenido de un acto, divide el apunte y explica el vínculo entre ambos conceptos. Este método no presupone una dificultad ni un reparto de preguntas; es una pauta editorial para retener el alcance que sí anuncia el Anexo I.
Ley 39/2015 (II): garantías e instrucción
Este tema combina las garantías del procedimiento con su iniciación, ordenación e instrucción. La guía sigue los rótulos de las bases y orienta la lectura de la ley común.
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- 3La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): garantías del procedimiento. Iniciación, ordenación e instrucción.
Lectura orientativa · editorial
- Garantías del procedimientoLas garantías acompañan la actuación administrativa y protegen la participación de las personas interesadas. La Ley 39/2015 reconoce derechos en el procedimiento y regula trámites en los que las personas pueden intervenir. Para preparar el epígrafe, localiza esas garantías antes de estudiar cada fase y anota en qué momento cobran relevancia. Evita mezclarlas con los recursos administrativos, que tienen un tema específico después. Las bases solo nombran esta materia; la guía propone un orden de lectura y no amplía el contenido aprobado por el Ayuntamiento.
- IniciaciónLa ley distingue el inicio de oficio por la Administración y el inicio a solicitud de una persona interesada. Si estudias ambos caminos en paralelo, puedes comparar quién impulsa el procedimiento y qué actuación abre la tramitación. La norma también contempla particularidades según la clase de procedimiento, por lo que conviene volver siempre al texto legal para confirmar el supuesto. El Anexo I utiliza el término «iniciación» sin enumerar modalidades ni requisitos; usa esas palabras como índice de consulta y no atribuyas a las bases detalles que no contienen.
- OrdenaciónLa ordenación reúne las reglas que dan continuidad a las actuaciones entre el comienzo del procedimiento y la instrucción. Revisa en la ley cómo se impulsa la tramitación y cómo se organizan los documentos y actuaciones del expediente. En tus apuntes, separa la ordenación de la iniciación y de la comprobación de los hechos: sus nombres aparecen seguidos en el programa, pero no designan el mismo momento. Trabaja con el capítulo legal correspondiente y conserva una definición breve que puedas explicar con palabras propias antes de pasar a la fase siguiente.
- InstrucciónLa instrucción busca reunir y comprobar los elementos necesarios para que la Administración pueda resolver. La Ley 39/2015 regula actuaciones de instrucción y la intervención de las personas interesadas en los trámites que requieran su participación. Al estudiar, distingue la obtención de información, la práctica de actuaciones y las oportunidades para formular alegaciones. Comprueba en la norma quién debe realizar cada actuación y qué garantías la acompañan. No completes este tema con reglas de procedimientos sectoriales, pues el programa cita la ley común y no identifica un expediente especial.
- Cómo se conectan las fasesEl título oficial enumera garantías, iniciación, ordenación e instrucción en ese orden. Puedes reconstruir el recorrido con una ficha que pregunte qué abre el procedimiento, cómo avanza y qué actuaciones permiten preparar la decisión. Coloca las garantías como elemento transversal, no como una fase añadida. Esta forma de organizar la lectura permite reconocer los conceptos en preguntas redactadas de manera distinta. La relación es una herramienta de estudio y no una división nueva del temario: el enunciado de las bases permanece como referencia principal.
- Comprobación finalPara repasar, toma cada término del epígrafe y explícalo por separado antes de intentar enlazarlo con los demás. Comprueba la diferencia entre iniciar, ordenar e instruir buscando cada materia en la Ley 39/2015. Después revisa qué garantías acompañan la participación de los interesados. Si el resumen depende de una regla concreta, deja anotada la referencia legal para poder comprobar su vigencia. El Ayuntamiento no publica una distribución de preguntas por fase; por eso estas notas sirven para estudiar, pero no anticipan el contenido de un cuestionario concreto.
Ley 39/2015 (III): finalización del procedimiento
El Anexo I dedica un tema propio a la finalización del procedimiento. La lectura editorial relaciona las formas de terminación con la resolución y conserva separado el cierre del resto de fases.
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- 4La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): finalización del procedimiento.
Lectura orientativa · editorial
- Qué significa finalizarLa finalización cierra la tramitación del procedimiento y debe estudiarse después de las fases de iniciación e instrucción. La Ley 39/2015 regula distintas formas de terminación y las consecuencias que corresponden en cada caso. Comienza por identificar la resolución como una forma central de cierre, pero revisa el artículo legal antes de completar la lista. El título de las bases solo señala «finalización del procedimiento»; estas notas sirven para localizar el contenido normativo, no para sustituir el enunciado ni presentar una lista cerrada como si fuera el programa.
- ResoluciónLa resolución expresa la decisión administrativa que pone fin al procedimiento en los supuestos previstos por la ley. Estudia qué debe contener, qué órgano la dicta y de qué manera se comunica a las personas interesadas, contrastando siempre cada cuestión en la norma. También conviene revisar cómo se relacionan la resolución y el objeto del procedimiento: la decisión debe responder a las cuestiones planteadas con arreglo al ordenamiento. Mantén las referencias legales en la ficha para distinguir las reglas generales de aquellas propias de un procedimiento especial que no forma parte del enunciado de Torrejón.
- Desistimiento y renunciaLa ley distingue el desistimiento de la solicitud y la renuncia al derecho en que se funda, con los límites que establece el ordenamiento. Al preparar la materia, no los uses como sinónimos: anota qué actuación realiza la persona y qué objeto deja atrás. Consulta los efectos y las condiciones en la Ley 39/2015, porque el alcance depende de la figura y del caso regulado. El programa no desarrolla ejemplos ni incorpora supuestos prácticos, así que esta comparación es una ayuda de comprensión que debe confirmarse en la fuente legal.
- Caducidad e imposibilidadLa declaración de caducidad y la imposibilidad material sobrevenida de continuar aparecen entre las formas que la ley contempla para terminar un procedimiento. Lee cada figura en su contexto y anota qué circunstancia la activa, qué órgano debe declararla y qué motivación exige la resolución cuando corresponda. Evita equiparar el transcurso de una tramitación con cualquier otra forma de cierre. Estas diferencias permiten explicar por qué no todo procedimiento termina con una decisión sobre el fondo. Las bases no enumeran estas causas, por lo que su detalle se consulta en la norma.
- Enlace con los temas anterioresLa finalización se entiende mejor al recorrer el expediente desde su inicio hasta la decisión de cierre. Relaciona este tema con las actuaciones de instrucción, pero conserva una ficha propia: las bases publican el cierre como un enunciado independiente. Al repasarlo, pregunta qué actuación prepara la resolución y qué vías de revisión pueden surgir después. La respuesta debe apoyarse en la Ley 39/2015 y no confundir terminación del procedimiento con impugnación de un acto. Esta conexión editorial ayuda a organizar el estudio sin añadir una nueva fase oficial.
- Repaso y precisiónComprueba que tus notas diferencian resolución, desistimiento, renuncia, caducidad e imposibilidad material de continuar cuando el texto legal las recoja. Para cada figura, resume su sentido y vuelve al artículo correspondiente para confirmar límites y efectos. No memorices ejemplos de otra convocatoria como si estuvieran en el programa municipal. El Anexo I se limita a indicar la finalización del procedimiento, de modo que la norma vigente determina el desarrollo jurídico y el título oficial marca el alcance de estudio anunciado por el Ayuntamiento.
Ley 39/2015 (IV): revisión de oficio y recursos
El último tema de la Ley 39/2015 reúne revisión de oficio y recursos administrativos. La guía editorial separa ambas vías y las relaciona con los actos y la finalización del procedimiento.
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- 5La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV): revisión de oficio. Recursos administrativos.
Lectura orientativa · editorial
- Revisión de oficioLa revisión de oficio permite a la Administración revisar actos en los supuestos y con las garantías que establece la ley. Estudia primero qué actos pueden revisarse y qué causa jurídica debe concurrir, y después comprueba el procedimiento exigible. No confundas esta potestad con un recurso presentado por una persona interesada: el Anexo I incluye ambas materias, pero las nombra de forma diferenciada. La explicación concreta debe apoyarse en el texto de la Ley 39/2015 y no en reglas generales aplicables a cualquier acto.
- Recursos administrativosLa Ley 39/2015 regula vías para impugnar determinados actos dentro de la Administración. El epígrafe de las bases no especifica qué recursos hay que estudiar; consulta la ley para distinguir las categorías y condiciones aplicables. En una ficha clara, anota quién puede recurrir, qué acto puede ser objeto de recurso, ante qué órgano se presenta y qué órgano lo resuelve. Estos campos ayudan a comprender la estructura de cada vía sin memorizar únicamente su nombre. No des por hecho que todos los actos admiten idéntico recurso.
- Alzada y reposiciónLa ley recoge el recurso de alzada y el potestativo de reposición, que no deben mezclarse. La alzada se conecta con la revisión por un órgano superior en los casos legales; la reposición se formula ante el órgano que dictó el acto que pone fin a la vía administrativa. Para estudiar, compara el tipo de acto y el órgano competente, y confirma los plazos en la redacción vigente antes de anotarlos. Las bases de Torrejón no publican esos plazos en el temario, por lo que el texto no traslada cifras de otra oposición ni anticipa un calendario.
- Recurso extraordinario de revisiónEl recurso extraordinario de revisión se refiere a actos firmes en vía administrativa y procede solo en circunstancias tasadas por la ley. Lee sus causas legales en el texto oficial y compáralas con el objeto de los recursos ordinarios. Mantén la palabra «extraordinario» asociada a su carácter excepcional, sin extenderlo a una nueva instancia general de revisión. El enunciado municipal se limita a mencionar recursos administrativos; la guía orienta el estudio de la ley citada y no añade un desglose de recursos aprobado por el Ayuntamiento.
- Diferencias entre las víasRevisión de oficio, recurso administrativo y control judicial no son expresiones intercambiables. Para fijar sus diferencias, utiliza una tabla propia con origen de la iniciativa, acto afectado, órgano que actúa y referencia legal. El programa solo nombra las dos primeras materias y no incluye una explicación de la jurisdicción contenciosa en este tema. Si incorporas una conexión con otras normas, sepárala del núcleo que aparece en el Anexo I. Esta distinción ayuda a responder con precisión y a evitar que una explicación de recursos sustituya a la revisión de oficio.
- Fichas de repasoCierra el bloque comparando el vocabulario oficial con el texto consolidado de la Ley 39/2015. Para cada vía, escribe una definición breve, comprueba su ámbito y vuelve a la norma para confirmar cualquier plazo o efecto. Si una respuesta depende de un requisito legal, deja la referencia a mano. No utilices como dato del Ayuntamiento los calendarios o cortes de otras convocatorias. El programa municipal contiene diez temas numerados y este es el quinto; esa cifra describe el orden de la lista, no el número de recursos ni la cantidad de preguntas que se dedicarán a la materia.
Haciendas locales: impuestos
El Anexo I delimita este tema a los impuestos de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La guía sirve para distinguir las figuras tributarias sin atribuir importes o reglas locales no publicados.
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- 6Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (I): impuestos.
Lectura orientativa · editorial
- Marco de la normaEl tema cita el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y concreta la materia en «Impuestos». Empieza por localizar el título dedicado a los tributos locales y revisa las disposiciones que enmarcan su establecimiento y exigencia. La norma distingue impuestos de otros recursos de las entidades locales; mantener esa separación evita ampliar el contenido del epígrafe sin justificación. El Anexo I no incluye tasas, precios públicos, ingresos patrimoniales ni presupuestos dentro de este título, por lo que la guía se centra en la materia tributaria anunciada.
- Impuestos municipalesLa ley recoge figuras como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, además del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Repasa cada denominación y su hecho imponible directamente en el texto legal. No basta con recordar siglas: identifica qué realidad grava cada figura y comprueba en la norma las condiciones de exigencia. Esta lista complementa el rótulo general del tema, sin sustituir el enunciado de las bases.
- Hechos imponiblesPara estudiar cada impuesto, centra la lectura en el hecho imponible y en los elementos que la ley desarrolla alrededor de él. Esto permite diferenciar un tributo ligado a inmuebles de otro vinculado a actividades económicas, vehículos, construcciones o terrenos urbanos. No traslades a la ficha importes, coeficientes o bonificaciones de una ordenanza concreta: pueden depender de la regulación aplicable y el programa no aporta cuantías. Anota la fuente legal junto a cada concepto y revisa si el texto consolidado ha sido actualizado antes de utilizarlo como referencia de estudio.
- Impuestos obligatorios y potestativosEl Real Decreto Legislativo 2/2004 distingue impuestos que los ayuntamientos deben exigir en los términos legales y otros que pueden establecer mediante ordenanza fiscal. Esa diferencia es útil para ordenar el estudio, pero hay que comprobarla en la redacción vigente y no deducirla solo del nombre del tributo. Mantén separados el marco legal común y las decisiones que corresponden a cada municipio. Las bases de Torrejón no especifican qué ordenanzas se preguntarán ni publican tipos impositivos, por lo que el texto no atribuye al Ayuntamiento cifras locales.
- Lectura de cada figuraUna ficha útil puede incluir la denominación oficial, el hecho imponible, los sujetos o elementos que defina la ley y las referencias del artículo correspondiente. Utiliza la misma estructura para comparar tributos, pero conserva las diferencias que aparecen en cada capítulo legal. Si preparas un supuesto, identifica primero qué realidad describe y localiza después el impuesto que puede corresponder. El ejercicio municipal se define en las bases como un cuestionario sobre el Anexo I; esta explicación es una pauta de lectura y no añade un caso práctico diferente.
- Alcance del enunciadoEl título del Anexo I no da una cifra de impuestos, no selecciona artículos y no asigna una extensión a cada figura. Por eso, el texto refundido es el lugar donde completar el tema y las bases son la referencia para saber qué materia entra en el programa. Comprueba ambas fuentes al actualizar apuntes: una describe el contenido normativo y la otra delimita el temario de esta oposición. Evita reproducir cuadros de tipos, bonificaciones o exenciones locales sin verificar su vigencia en la ordenanza correspondiente. La guía editorial no presenta esos datos como contenido oficial de la convocatoria.
Personal al servicio de la Administración Pública
El tema remite al Estatuto Básico del Empleado Público y destaca clases de personal, derechos y deberes. La lectura editorial separa esas materias para facilitar la consulta del texto legal.
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- 7Personal al servicio de la Administración Pública según el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: clases. Derechos y deberes.
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- Clases de empleados públicosEl TREBEP define a los empleados públicos por el desempeño de funciones retribuidas al servicio de los intereses generales y establece distintas clases: funcionarios de carrera, interinos, personal laboral y eventual. Estudia la denominación legal y comprueba cómo se caracteriza cada relación con la Administración. No reduzcas las diferencias a la duración del vínculo; consulta los requisitos y el alcance que establece la norma. Las bases anuncian «clases» como parte del tema, de modo que esta clasificación se desarrolla a partir del Estatuto Básico, no de la estructura laboral particular del Ayuntamiento.
- Funcionarios de carrera e interinosEl Estatuto distingue a los funcionarios de carrera de quienes son nombrados como interinos para atender las circunstancias previstas legalmente. Para estudiar, relaciona el tipo de nombramiento con la función desempeñada y la situación que permite acudir a esa figura. Verifica los requisitos en el texto vigente y evita usar como regla una descripción informal del puesto. Esta comparación ayuda a entender dos categorías próximas en el trabajo administrativo, pero jurídicamente diferenciadas. El enunciado municipal no determina qué categorías tendrán más presencia en el ejercicio ni ofrece un reparto de preguntas por materia.
- Personal laboral y eventualEl personal laboral mantiene una relación regulada por la legislación laboral y por las previsiones del Estatuto Básico; el personal eventual se asocia a funciones de confianza o asesoramiento en los términos legales. Lee cada categoría en su capítulo y anota qué norma complementaria interviene cuando el TREBEP remite a ella. No confundas estos tipos con el funcionario de carrera o interino. Una tabla comparativa ayuda a reconocer la figura descrita en un supuesto, siempre que las notas indiquen la referencia jurídica y no conviertan diferencias generales en afirmaciones sobre puestos concretos de Torrejón.
- DerechosEl tema incluye los derechos de los empleados públicos. El TREBEP contiene derechos individuales y derechos cuyo ejercicio se realiza colectivamente, además de referencias a la carrera, formación, conciliación, negociación y representación en los términos que establece la ley. Para repasar, agrupa los derechos por su naturaleza y consulta la norma antes de resumir cada uno. Evita tratar cualquier ventaja laboral como un derecho de carácter universal: el alcance depende de la regulación aplicable y de las circunstancias que contemple. Las bases mencionan la materia sin enumerar los derechos, por lo que el texto legal completa el temario.
- Deberes y código de conductaEl Estatuto Básico exige desempeñar las tareas con diligencia y respetar los intereses generales y el ordenamiento jurídico. También recoge principios de conducta pública, como objetividad, integridad, imparcialidad, confidencialidad, transparencia y respeto a la igualdad. Organiza el estudio distinguiendo el deber general del código de conducta y de las reglas disciplinarias. Comprueba el texto completo para no separar una palabra de su contexto legal. La expresión «derechos y deberes» del Anexo I no es una invitación a copiar obligaciones de otra administración: utiliza el TREBEP vigente como referencia principal.
- Relación con la plazaEl enunciado habla del personal al servicio de la Administración Pública, no solo de una categoría concreta de funcionario municipal. Conserva ese alcance al resumir el tema y evita mezclarlo con los requisitos de acceso o con las funciones del puesto. Una ficha eficaz distingue la clasificación del personal, los derechos y los deberes, y permite localizar cada parte en el TREBEP. La convocatoria está dirigida a promoción interna, pero esa circunstancia no altera el título del tema ni permite anticipar qué subapartado aparecerá en el test. Las notas son editoriales y se limitan a organizar la consulta.
Transparencia, acceso a la información y buen gobierno
El programa recoge el objeto y ámbito de la Ley 19/2013. La guía editorial separa transparencia, acceso y buen gobierno antes de consultar cada parte del texto legal.
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- 8Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Objeto y ámbito de aplicación.
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- Objeto y ámbitoLa Ley 19/2013 regula materias de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El tema del Anexo I empieza por su objeto y ámbito de aplicación, así que conviene revisar primero qué busca la norma y a qué sujetos alcanza. No des por supuesto que cualquier entidad o información recibe el mismo tratamiento: consulta las definiciones legales y las previsiones específicas. La guía ayuda a ubicar el contenido del tema; no sustituye la ley ni extiende el ámbito a organizaciones no comprendidas en su texto.
- Transparencia y publicidad activaLa publicidad activa se refiere a información que los sujetos obligados deben publicar de acuerdo con la ley. Al estudiar, revisa qué clases de información contempla y qué condiciones generales de publicación rigen, comprobándolo en el articulado. Diferencia esta obligación de publicar de la solicitud individual de acceso. Esa separación es central para comprender por qué el programa menciona tanto la transparencia como el acceso a información pública. Evita incorporar plazos o catálogos locales sin contrastarlos con la fuente oficial vigente y con las reglas que resulten aplicables al Ayuntamiento.
- Acceso a la información públicaEl derecho de acceso se articula mediante solicitudes y una respuesta de la Administración en los términos previstos por la ley. Estudia quién puede pedir información, qué se entiende legalmente por información pública y qué causas pueden limitar o modular el acceso. La norma también regula las garantías de la solicitud y la reclamación frente a determinadas respuestas. Para preparar el tema, resume la secuencia con referencia a cada disposición y mantén a salvo los datos personales o intereses protegidos. El enunciado de las bases no desarrolla estos procedimientos, de modo que la ley aporta el detalle.
- Límites y protección de datosLa transparencia puede entrar en relación con la protección de datos personales y con otros límites reconocidos legalmente. No se trata de que una materia anule a la otra: hay que ponderar el acceso y los derechos o intereses afectados conforme a las reglas aplicables. Consulta la Ley 19/2013 junto con la normativa de protección de datos cuando el caso lo requiera. Esta relación también permite conectar el tema con el programa de datos personales, que aparece de forma independiente en el Anexo I. Mantén ambos temas separados y señala la norma utilizada en cada ficha.
- Buen gobiernoEl buen gobierno constituye otra materia expresamente nombrada en el título de la Ley 19/2013. Estudia sus principios y el régimen que la norma vincula a las personas comprendidas en su ámbito, sin confundirlo con la obligación de publicar información ni con el derecho de acceso. Esa clasificación proporciona una vista ordenada de las tres expresiones del enunciado. Al hacer el esquema, conserva el nombre de cada parte y consulta la ley para determinar quién está sujeto a ella y qué consecuencias establece. No atribuyas reglas internas municipales que no aparecen en la fuente.
- Comprobación del temaRevisa el texto legal con el Anexo I al lado: objeto, ámbito, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Comprueba que tus notas desarrollan cada materia y no repiten una descripción genérica de la ley. Si usas un caso para practicar, identifica si se trata de publicar información, responder a una solicitud o aplicar reglas de buen gobierno. El ejemplo sirve como técnica de estudio, no como supuesto oficial. Las bases fijan el temario y el formato del ejercicio, pero no anuncian preguntas concretas sobre transparencia ni una ponderación del tema.
Protección de datos de carácter personal
El Anexo I señala principios, derechos, registro de actividades de tratamiento y datos relativos a infracciones y sanciones administrativas. La guía mantiene visibles esos cuatro ejes.
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- 9La protección de datos de carácter personal: principios. Derechos de las personas. Registro de actividades de tratamiento. Tratamiento de datos relativos a infracciones y sanciones administrativas.
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- Principios de protecciónLos principios sirven como marco para tratar datos personales y orientar las decisiones de una Administración. Consulta la normativa aplicable y relaciona cada principio con la finalidad del tratamiento, la calidad de los datos, la limitación de uso y las medidas de protección. El programa no enumera los principios por su nombre, así que la lista debe obtenerse de la fuente legal y actualizarse con su texto vigente. No atribuyas al Ayuntamiento un tratamiento específico ni una política interna que no figure en las bases; el tema es jurídico y general.
- Derechos de las personasEl título incluye los derechos de las personas en materia de datos. Estudia cómo pueden ejercerse y qué obligaciones corresponden al responsable del tratamiento al recibir una solicitud. La ley contempla distintos derechos y condiciones, que no deben confundirse con los derechos de acceso a información pública del tema anterior. Para evitar mezclar materias, compara el objeto de cada derecho y la norma que lo regula. Esta diferencia es útil cuando una solicitud administrativa incluye información personal, pero las bases no describen un caso concreto de tratamiento municipal.
- Registro de actividadesEl registro de actividades de tratamiento permite documentar los tratamientos de datos que realiza el responsable y, cuando corresponda, el encargado. Consulta la norma para conocer qué información recoge el registro y quién debe mantenerlo. En tu ficha, distingue la obligación de documentar de la obligación de informar a las personas y de las medidas de seguridad. El Anexo I menciona el registro expresamente, por lo que debe aparecer en el esquema y no quedar absorbido por una explicación general de principios. La guía organiza la lectura; las condiciones concretas se verifican en el texto legal.
- Datos sobre infracciones y sancionesEl programa cita el tratamiento de datos relativos a infracciones y sanciones administrativas de forma expresa. Revisa la regulación especial que corresponda y anota las cautelas que establece para el tratamiento de esa información. No equipares estos datos con cualquier categoría general de información personal: su referencia separada en las bases indica que requiere atención específica. La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales complementa el marco europeo y debe consultarse junto con las demás normas aplicables. Evita incluir datos de expedientes reales en materiales de estudio o ejemplos públicos.
- Responsabilidad en el tratamientoAl estudiar una actividad administrativa que usa datos personales, identifica quién determina la finalidad y los medios, qué datos se usan, por qué son necesarios y cómo se conserva la información. Estas preguntas conectan los principios con el registro y los derechos de las personas. Consulta la legislación para verificar las obligaciones del responsable y del encargado, sin reemplazar la terminología legal por expresiones informales. El ejercicio se basa en el temario, pero las bases no publican un caso de protección de datos; esta estructura es una pauta de lectura editorial.
- Relación con transparenciaProtección de datos y acceso a información pública pueden coincidir cuando un documento contiene información identificable. En ese caso, examina las reglas de transparencia y las de datos personales, y explica qué interés protege cada una antes de extraer una conclusión. No resuelvas la cuestión aplicando una preferencia automática por publicar o por reservar. Esta conexión enlaza dos temas del Anexo I, pero cada uno conserva su propio contenido y fuente legal. Al terminar, comprueba que el resumen incluye principios, derechos, registro y tratamiento de datos de infracciones y sanciones.
Igualdad efectiva de mujeres y hombres
El último tema remite a la Ley Orgánica 3/2007 y reúne objeto, ámbito, principio de igualdad, tutela contra la discriminación y políticas públicas. La guía conserva ese alcance.
Normas de referencia
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- 10La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad.
Lectura orientativa · editorial
- Objeto y ámbito de la leyLa Ley Orgánica 3/2007 se dirige a hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, y establece principios de actuación de los poderes públicos. Lee su objeto y ámbito antes de pasar a las medidas concretas. Comprueba quiénes deben aplicar la norma y qué relaciones regula, utilizando la redacción vigente. El Anexo I nombra estos aspectos como parte del último tema; la guía no incorpora medidas de otros planes municipales ni atribuye al Ayuntamiento programas que no aparezcan en las bases.
- Principio de igualdadEl principio de igualdad entre mujeres y hombres sirve de referencia para interpretar las actuaciones públicas y las relaciones comprendidas en la ley. Estudia su formulación junto con la igualdad de trato y de oportunidades, y localiza las obligaciones que la normativa impone a los poderes públicos. No conviertas el principio en una frase abstracta: vincúlalo con las herramientas de protección y las políticas que la misma ley desarrolla. El resumen debe seguir la norma y conservar la terminología oficial que utiliza el tema del Anexo I.
- Tutela contra la discriminaciónEl programa menciona de forma expresa la tutela contra la discriminación. La Ley Orgánica 3/2007 define formas de discriminación por razón de sexo y prevé mecanismos de protección. Para preparar esta parte, diferencia las conductas que la ley considera discriminatorias y consulta qué acciones o garantías contempla frente a ellas. Evita mezclar conceptos próximos sin comprobar su definición jurídica. La tutela es un eje distinto del principio general y de las políticas públicas; mantenerlos separados ayuda a responder con precisión y a localizar cada regla en el texto legal.
- Políticas públicas para la igualdadLas políticas públicas para la igualdad traducen el principio general en actuaciones de los poderes públicos. La ley regula criterios de integración de la igualdad en políticas y actividades, así como medidas en ámbitos concretos. Revisa los títulos que desarrollan esta materia y utiliza el enunciado como guía para no perder el componente institucional del tema. No des por hecho que el Ayuntamiento aplica una medida concreta solo porque la ley la contemple: cualquier afirmación sobre un plan local requeriría su propia fuente municipal, que no forma parte del temario de esta convocatoria.
- Igualdad en la actuación administrativaEste tema se relaciona con el trabajo administrativo porque las decisiones, servicios y procedimientos públicos deben leerse dentro del marco normativo que promueve la igualdad. Al estudiar, identifica las obligaciones legales y distingue una política pública de una medida de tutela frente a discriminación. Anota la referencia normativa junto a cada explicación y evita formular afirmaciones personales sobre resultados o impacto que no estén respaldadas por datos oficiales. Las bases no aportan indicadores municipales ni objetivos de un plan específico, por lo que no se incluyen cifras de ese tipo.
- Repaso del último enunciadoComprueba que la ficha incluye el objeto y ámbito de la Ley Orgánica 3/2007, el principio de igualdad, la tutela contra la discriminación y las políticas públicas para la igualdad. Vuelve al texto legal para ampliar cada expresión y separa lo que dice el programa de tus notas de estudio. Una lectura comparada con protección de datos puede ayudarte a recordar que son temas distintos, aunque ambos tengan dimensión transversal. El Anexo I cierra aquí el programa y la convocatoria vincula el test a su contenido; no publica ponderaciones ni preguntas adelantadas sobre este tema.

Revisa la ficha general y vuelve al programa cuando quieras repasar el test.
Volver a la fichaUn test sobre los diez temas
Las bases describen un ejercicio obligatorio y eliminatorio. El cuestionario versa sobre el contenido del Anexo I y no resta puntos por las respuestas incorrectas.

- 1Cuestionario50 preguntas con 3 respuestas alternativas y una opción correcta.
- 2Tiempo y puntuación60 minutos para responder; cada acierto suma 1,20 puntos, hasta 60.
- 3SuperaciónSe necesitan al menos 25 respuestas correctas; los errores no descuentan.
El programa completo, en las bases municipales
El Anexo I de las bases contiene los diez enunciados y describe el ejercicio de oposición.
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Dudas sobre el temario de Administrativo/a de Torrejón de Ardoz
¿Cuántos temas tiene el temario de Administrativo/a de Torrejón de Ardoz?
El Anexo I de las bases municipales enumera 10 temas, del 1 al 10.
¿Cómo se divide oficialmente el programa?
Las bases publican un único Anexo I con una lista numerada. No establecen bloques temáticos adicionales.
¿Qué contenidos municipales aparecen en el temario?
El tema 1 recoge el Gobierno Municipal, el Pleno, la Alcaldía, las Tenencias de Alcaldía y la Junta de Gobierno; el tema 6 incluye impuestos de las haciendas locales.
¿Qué partes del procedimiento administrativo se estudian?
Los temas 2 a 5 recorren disposiciones generales, personas interesadas, actividad y actos, garantías y fases del procedimiento, además de revisión de oficio y recursos administrativos.
¿Qué normas con número cita el Anexo I?
El programa menciona la Ley 39/2015, el Real Decreto Legislativo 2/2004, el Real Decreto Legislativo 5/2015, la Ley 19/2013 y la Ley Orgánica 3/2007.
¿Cuántas preguntas y respuestas alternativas tiene el test?
El ejercicio consta de 50 preguntas con 3 respuestas alternativas por pregunta; una es correcta.
¿Cuánto dura el test y qué se necesita para superarlo?
Las bases fijan 60 minutos y exigen al menos 25 respuestas correctas. Las respuestas incorrectas no descuentan puntos.
¿Dónde puedo consultar los enunciados oficiales completos?
En el Anexo I de las bases específicas, publicado por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
Comprueba los temas en las bases oficiales.
El Anexo I contiene el programa completo de esta convocatoria municipal.
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