Temario de Administrativo del Ayuntamiento de Barakaldo

Las bases reúnen 40 temas: 10 generales y 30 específicos. El Ayuntamiento publicó aclaraciones para varios epígrafes.

En 30 segundos

  • 40temas oficiales
  • 10de parte general
  • 30de parte específica
  • 2ejercicios escritos
Tema 01Distribución oficial

Temario de Administrativo de Barakaldo: reparto oficial

El Anexo I organiza el contenido en dos partes. La general reúne bases constitucionales, locales y de atención pública; la específica desarrolla la gestión administrativa municipal.

  1. 1Parte generalConstitución, Estatuto de Autonomía, organización local, transparencia, protección de datos, euskera, igualdad y prevención.
  2. 2Procedimiento comúnLa parte específica comienza con la tramitación administrativa, los actos, la revisión y la potestad normativa.
  3. 3Organización y medios electrónicosLos temas enlazan órganos públicos con portales, registros, notificaciones y expedientes electrónicos.
  4. 4Gestión municipalContratación, urbanismo, presupuestos, hacienda local y subvenciones llevan el programa a las tareas de gestión.
  5. 5Garantías y empleo públicoEl cierre aborda potestad sancionadora, responsabilidad patrimonial y régimen del personal público vasco.
Tema 02Parte general · temas 1 a 6

Constitución, autonomía vasca, régimen local y transparencia

Los primeros epígrafes fijan el marco constitucional y territorial de la Administración. Después, el programa desciende a las instituciones locales, sus vecinos y el derecho de acceso a la información.

Normas de referencia

Ver los 6 temas (1 a 6)
  1. 1La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales. Orientación de estudio: Sitúa el texto constitucional como marco de la actuación pública y repasa cómo los principios ordenan el resto de las normas. Conviene distinguir los derechos y deberes que menciona el epígrafe, sus garantías y la relación entre ciudadanía y poderes públicos. En la preparación, enlaza esta base con las competencias del País Vasco y el régimen local que aparecen en los temas siguientes. La idea es entender el fundamento común antes de estudiar las normas administrativas que lo desarrollan. Aplicación municipal: Conecta la jerarquía constitucional con la validez de las decisiones administrativas. En los casos de oficina, ayuda a comprobar que una actuación pública respeta los derechos y se apoya en el marco normativo adecuado.
  2. 2El Estatuto de Autonomía del País Vasco. Título Preliminar. Las competencias del País Vasco: exclusivas, de desarrollo legislativo y ejecución y de ejecución. Los poderes del País Vasco. Orientación de estudio: Este tema traslada el marco general al autogobierno vasco. Ordena el Título Preliminar, la distribución competencial y los poderes de la Comunidad Autónoma. Para repasarlo, compara los tres tipos de competencia que enumera el programa y fija quién legisla, desarrolla o ejecuta en cada caso, sin confundir esa distribución con las competencias propias del municipio. Es una referencia útil para comprender por qué el temario combina legislación estatal, normativa vasca y reglas locales. Aplicación municipal: Este encaje explica por qué el programa incluye normas estatales, vascas y municipales. En cada supuesto, identifica el nivel que dicta la regla y la administración que la ejecuta, sin trasladar competencias locales a otro nivel.
  3. 3Régimen Local: régimen constitucional (artículos 140 a 142). Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local: el municipio (artículo 11); la población (artículos 16 a 18). Orientación de estudio: La materia introduce la autonomía local y las piezas básicas que definen al municipio. El programa señala los preceptos constitucionales y de la Ley de Bases que acotan su régimen, además de la población municipal. Al estudiar el padrón y la condición de vecino, relaciona la regulación legal con la participación y los servicios municipales. Este marco permite leer con criterio las reglas de organización, funcionamiento y competencias que se amplían en los temas posteriores. Aplicación municipal: Relaciona la autonomía municipal con la organización territorial y con las personas que viven en el municipio. Esta mirada permite interpretar registros, trámites y servicios locales sin perder de vista el marco constitucional que los sostiene.
  4. 4Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local: el municipio, organización y competencias (capítulos II y III del título II). Ley de Instituciones Locales de Euskadi: competencias de las entidades locales (artículos 14 a 16). Orientación de estudio: Aquí se concreta la estructura municipal y el reparto de responsabilidades entre órganos y entidades locales. La Ley de Bases aporta la regulación estatal del municipio, mientras que la Ley de Instituciones Locales de Euskadi desarrolla las competencias locales en su ámbito. Para preparar el epígrafe, organiza por separado quién decide, qué competencias se ejercen y cómo encajan las normas de ambos niveles. Así resulta más sencillo interpretar las atribuciones del Ayuntamiento en los supuestos administrativos. Aplicación municipal: El estudio funciona mejor si se separan las competencias locales de las de la Comunidad Autónoma. Después, relaciona cada atribución con el órgano municipal que interviene y con la norma que concreta su ejercicio.
  5. 5Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local: régimen de funcionamiento de las entidades locales (capítulo I del título V). Ley de Instituciones Locales de Euskadi: derechos, deberes y responsabilidades de las personas vecinas de un municipio. Participación ciudadana. Orientación de estudio: El epígrafe reúne el funcionamiento de las entidades locales con la relación cotidiana entre el municipio y sus vecinos. Repasa cómo se tramitan y adoptan acuerdos en el marco local, y distingue los derechos, deberes y responsabilidades vecinales previstos por la norma vasca. La participación ciudadana conecta ambos planos: puede estudiarse como vía para intervenir en asuntos municipales y como parte de una administración abierta. Este tema enlaza con transparencia, publicidad activa y acceso a la información. Aplicación municipal: Vincula las reglas de funcionamiento con la participación vecinal y la adopción de acuerdos. El expediente municipal permite ver cómo las formas de actuación protegen la deliberación, la constancia documental y los derechos de quienes participan.
  6. 6Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: ámbito subjetivo de aplicación y derecho de acceso a la información pública (artículos 12 a 22). Ley de Instituciones Locales de Euskadi: obligaciones de publicidad activa de las entidades locales vascas (capítulo II del título VI). Orientación de estudio: El programa combina el derecho individual a solicitar información con las obligaciones de publicar información de oficio. Separa el ámbito de aplicación, las personas titulares del derecho, la tramitación de solicitudes y los límites que regula la ley. Después, vincula la transparencia estatal con la publicidad activa que corresponde a las entidades locales vascas. La comparación ayuda a diferenciar una petición concreta de la información que el Ayuntamiento debe mantener accesible de manera permanente. Aplicación municipal: Para resolver casos, distingue la información que se publica por iniciativa de la entidad de la que una persona solicita. Ambas vías apoyan la rendición de cuentas, pero nacen de obligaciones y trámites distintos.
Tema 03Parte general · temas 7 a 10

Protección de datos, euskera, igualdad y prevención

Este tramo reúne garantías personales, políticas lingüísticas, igualdad y salud laboral. El Ayuntamiento aclaró los contenidos locales de protección de datos y normalización del euskera.

Normas de referencia

Ver los 4 temas (7 a 10)
  1. 7Reglamento (UE) 2016/679, Reglamento General de Protección de Datos: disposiciones generales, principios del tratamiento, legitimación, datos especialmente protegidos y derechos de las personas. Orientación de estudio: La nota municipal aclara que el contenido de este tema corresponde al Reglamento General de Protección de Datos y no a la referencia que aparecía inicialmente en las bases. El estudio debe cubrir el marco general, los principios que limitan el uso de datos personales, las condiciones que legitiman el tratamiento, las categorías especialmente protegidas y los derechos de las personas. Para una oficina municipal, conviene relacionar estas reglas con la recogida de solicitudes, los expedientes y la consulta de información, cuidando la finalidad y el acceso autorizado. Aplicación municipal: En una tramitación local, revisa qué datos son necesarios, quién debe acceder a ellos y para qué se utilizan. La protección acompaña todo el expediente, desde su recepción hasta su consulta o conservación.
  2. 8Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera (artículos 1 a 14). Decreto 19/2024, de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en el sector público vasco (artículos 1 a 12). Plan Estratégico de Normalización del Uso del Euskera, VII período de planificación (2023-2027): apartados I y IV. Orientación de estudio: La aclaración del Ayuntamiento mantiene el contenido normativo sobre euskera y sustituye la referencia al plan municipal que figuraba en las bases por el Plan Estratégico del VII período de planificación. Indica como materia los ejes del plan y sus ámbitos de actuación, con páginas concretas en el documento oficial. El repaso debe unir los derechos lingüísticos en la atención con el uso oral y escrito en la relación municipal y con la capacidad del personal para prestar el servicio. La sede municipal ofrece el plan estratégico corregido. Aplicación municipal: Este tema se relaciona con la atención municipal en las dos lenguas oficiales y con la capacidad de prestar un servicio lingüísticamente adecuado. Consulta el documento corregido indicado en la nota del Ayuntamiento.
  3. 9Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres: principios generales, competencias locales, integración de la perspectiva de género y marco de intervención frente a la violencia machista. IV Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Barakaldo (2021-2025) e II Plan de Igualdad Interno del Ayuntamiento: finalidad, estructura, ejes y medidas. Orientación de estudio: El tema combina el marco vasco de igualdad con instrumentos propios del Ayuntamiento. Repasa los principios generales, el papel de la Administración local y las medidas para incorporar la perspectiva de género en las normas y en la actividad administrativa. El programa incluye capacitación del personal y actuación frente a la violencia machista, junto con la finalidad y estructura de los planes municipales citados. Para comprenderlo como conjunto, conecta las responsabilidades institucionales con la organización del trabajo interno y con la planificación de acciones de igualdad. Aplicación municipal: Conecta las obligaciones institucionales con la atención ciudadana y con la organización interna del Ayuntamiento. Los planes citados ayudan a reconocer que la igualdad requiere integrar criterios comunes en decisiones, procedimientos y servicios.
  4. 10Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: capítulos I y III. Orientación de estudio: El programa delimita la materia a las disposiciones generales y a los derechos y obligaciones preventivos. Conviene estudiar qué persigue la prevención, a quién afecta y cómo se reparten las responsabilidades en el entorno de trabajo. Después, relaciona la protección de la salud con la evaluación y reducción de riesgos, la información y la formación del personal. El enfoque es aplicable a cualquier oficina municipal: las tareas administrativas también requieren condiciones seguras y procedimientos de prevención integrados en la organización. Aplicación municipal: La prevención se integra en la organización del trabajo y no depende de una tarea concreta. Relaciona la evaluación de riesgos con la información, la formación y la respuesta ante situaciones que puedan afectar a la salud del personal.
Tema 04Estructura de la prueba

El test distribuye preguntas entre las dos partes

La primera prueba escrita combina preguntas generales y específicas. Las bases fijan las preguntas de reserva, el tiempo disponible, la puntuación máxima y los mínimos exigidos en cada bloque.

Parte general

Normas de referencia

  • 30 preguntas de materias generales, con un mínimo de 5/10.

Parte específica

Normas de referencia

  • 60 preguntas específicas; la prueba reserva 10 preguntas.

El test dura 135 minutos y puede alcanzar 30 puntos. La parte específica exige 10/20 como mínimo; los errores descuentan según la regla de las bases.

Consulta la ficha de Barakaldo y relaciona el temario con la convocatoria.

Ver la oposición
Tema 05Segundo ejercicio

El supuesto práctico aplica el temario a la gestión

La segunda prueba traslada las materias del programa a una resolución práctica, con su propia puntuación y mínimo. Mide su aplicación a un expediente municipal.

Mesa de trabajo administrativo con documentos, ordenador y material de oficina.
  1. 1Formato30 preguntas y 5 de reserva.
  2. 2Tiempo y nota70 minutos; puntuación máxima de 30 puntos.
  3. 3MínimoHay que obtener 15 puntos para superar el ejercicio.
Tema 06Parte específica · temas 11 a 18

Procedimiento administrativo: personas, actos y revisión

La Ley del Procedimiento Administrativo Común vertebra este bloque. Sus temas avanzan desde las personas interesadas y la actividad administrativa hasta la revisión de actos y la elaboración de disposiciones.

Normas de referencia

Ver los 8 temas (11 a 18)
  1. 11Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones generales e interesados en el procedimiento. Orientación de estudio: El tema abre la parte específica con el marco común del procedimiento y la posición de las personas interesadas. Repasa el ámbito de aplicación, las reglas generales y quién puede intervenir en un expediente, incluida la representación cuando corresponda. Distingue a la persona interesada de otros participantes y relaciona esa condición con la posibilidad de conocer el estado del procedimiento y actuar en él. Esta base ayuda a interpretar los trámites que aparecen en los temas siguientes.
  2. 12Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: actividad de las Administraciones Públicas. Orientación de estudio: Este epígrafe se centra en las reglas que guían la actuación administrativa durante la tramitación. Para repasarlo, organiza los aspectos sobre lengua, registros, términos, plazos, obligación de resolver y funcionamiento de los medios electrónicos. La finalidad es entender cómo se ordenan las actuaciones y cómo se comunica la Administración con las personas interesadas. Su estudio resulta especialmente práctico para quienes trabajan con entradas de registro, notificaciones y expedientes municipales. Aplicación municipal: En la práctica, estas reglas afectan a registros, atención, plazos y canales electrónicos. Revisa cada actuación desde la perspectiva de la persona interesada y desde la obligación administrativa de dar curso y respuesta a sus solicitudes.
  3. 13Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: actos administrativos. Orientación de estudio: El tema aborda los actos como decisiones formales de la Administración dentro de un procedimiento. Revisa sus requisitos, la forma en que se expresan, su motivación cuando es exigible, su eficacia y las reglas para notificarlos o publicarlos. También conviene distinguir la producción del acto de los trámites preparatorios y de las actuaciones materiales. Esa separación facilita analizar si una decisión municipal se ha dictado, comunicado y hecho valer conforme al procedimiento. Aplicación municipal: El acto administrativo debe analizarse como una decisión formal y comunicable. Separa sus requisitos de la motivación, la eficacia y la notificación para detectar con precisión qué elemento se discute en cada supuesto.
  4. 14Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común, artículos 53 a 74. Orientación de estudio: Este tramo se ocupa de las garantías de las personas interesadas y de las primeras fases del procedimiento común. Incluye los derechos de quienes intervienen, la iniciación y las actuaciones iniciales de ordenación e instrucción que permiten preparar una decisión. Para estudiarlo, sigue el recorrido del expediente desde que se promueve hasta que queda listo para resolver, identificando cuándo puede participar la persona interesada y qué deberes conserva la Administración. La secuencia es clave para detectar omisiones de trámite. Aplicación municipal: El procedimiento puede leerse como un itinerario con garantías para ambas partes. Al repasar, enlaza el derecho a intervenir con la apertura del expediente y con las actuaciones que reúnen elementos antes de resolver.
  5. 15Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común, artículos 75 a 95. Orientación de estudio: El programa continúa con la ordenación e instrucción del expediente, sus formas de terminación y los supuestos en que el procedimiento puede finalizar antes de una resolución ordinaria. Conviene relacionar las pruebas, los informes y la participación de las partes con la preparación de la propuesta y la decisión. Después, diferencia las formas de terminación y sus efectos. El objetivo es seguir el expediente de principio a fin sin confundir actos de instrucción, resolución y cierre administrativo. Aplicación municipal: La instrucción recopila la información necesaria para decidir. Distingue las pruebas e informes de la decisión final, y relaciona la terminación con la forma en que el expediente deja constancia de su resultado.
  6. 16Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: disposiciones sobre el procedimiento administrativo común, artículos 96 a 105. Orientación de estudio: Este bloque incluye la tramitación simplificada y las reglas sobre ejecución de los actos administrativos. Estudia cuándo puede utilizarse una tramitación más breve y qué garantías se mantienen durante ella. En la parte de ejecución, distingue la decisión administrativa de las actuaciones necesarias para llevarla a efecto, atendiendo a las condiciones que marca la ley. El tema sirve para comprender cómo se pasa de un expediente concluido a una actuación material y qué límites conserva la Administración. Aplicación municipal: La simplificación no elimina las garantías. La ejecución, a su vez, convierte una decisión válida en actuaciones concretas; estudia ambas cuestiones como momentos distintos de la actividad administrativa.
  7. 17Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: revisión de los actos en vía administrativa. Orientación de estudio: La revisión en vía administrativa permite examinar decisiones ya dictadas dentro de los cauces previstos por la ley. Ordena la revisión de oficio y los recursos administrativos según su finalidad, sus presupuestos y quién puede promoverlos. Para preparar la materia, identifica cuándo se discute la validez de un acto y cuándo se solicita que un órgano superior lo revise. La distinción es útil al gestionar reclamaciones, recursos y solicitudes de revisión presentadas ante una entidad local. Aplicación municipal: Los recursos y la revisión de oficio permiten controlar actos por vías diferentes. En cada situación identifica quién solicita la revisión, qué órgano puede resolver y si se pretende anular o modificar una decisión.
  8. 18Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: iniciativa legislativa y potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones. Orientación de estudio: El epígrafe trata la elaboración de normas y disposiciones por las Administraciones dentro del marco de la ley. Repasa la iniciativa normativa, la potestad reglamentaria, las consultas y trámites de participación, y los principios de buena regulación que orientan la preparación de una norma. Diferencia la aprobación de una disposición general de la resolución de un expediente individual. Esa distinción evita mezclar la función normativa con la actividad administrativa ordinaria. Aplicación municipal: La potestad normativa produce reglas generales, mientras que el procedimiento resuelve casos individuales. Separar esos productos ayuda a entender los trámites propios de la elaboración de disposiciones y la participación pública.
Tema 07Parte específica · temas 19 a 23

Órganos públicos y administración electrónica

El programa enlaza la organización de los órganos administrativos con la prestación digital de los servicios. Distingue sede, registros, comunicaciones y expediente electrónico como piezas de una misma gestión.

Normas de referencia

Ver los 5 temas (19 a 23)
  1. 19Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: título preliminar y órganos de las Administraciones Públicas, artículos 5 a 14. Orientación de estudio: Este tema proporciona las reglas básicas de organización y actuación del sector público. Se centra en los órganos administrativos, su creación y estructura, así como en las competencias y técnicas que permiten distribuir o delegar su ejercicio. Para estudiarlo, relaciona la existencia de un órgano con la atribución de funciones y con la responsabilidad de resolver. En el Ayuntamiento, este marco ayuda a entender qué unidad tramita una materia y qué autoridad puede adoptar la decisión correspondiente. Aplicación municipal: La atribución de competencias determina quién puede actuar en nombre de la Administración. Relaciona la estructura de órganos con la delegación y otros mecanismos organizativos, sin confundirlos con la titularidad de la función.
  2. 20Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: órganos de las Administraciones Públicas, artículos 15 a 24. Orientación de estudio: El temario continúa con el funcionamiento de los órganos colegiados y con las reglas de sus miembros. Conviene repasar convocatorias, reuniones, adopción de acuerdos, actas y las garantías de imparcialidad que afectan a quienes participan. El estudio debe mostrar cómo la organización se traduce en decisiones válidas y documentadas. Este bloque complementa el régimen de los órganos unipersonales y facilita interpretar acuerdos de juntas, comisiones y otros órganos administrativos locales. Aplicación municipal: Los acuerdos colegiados requieren reglas que ordenen la convocatoria, la deliberación y la constancia de lo decidido. El acta y las garantías de imparcialidad hacen posible verificar cómo se formó la voluntad del órgano.
  3. 21Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: disposiciones generales y título I, portales de internet, punto de acceso general electrónico y sede electrónica. Orientación de estudio: Este epígrafe sitúa los canales digitales desde los que se informa y se relaciona la ciudadanía con la Administración. Distingue el portal institucional, el punto de acceso y la sede electrónica, y repasa las condiciones generales para que la actuación digital sea reconocible y accesible. Relaciónalo con los servicios que permiten presentar solicitudes, consultar información y acceder a trámites. La sede electrónica complementa la atención presencial y debe ofrecer garantías sobre identidad, integridad y disponibilidad de los servicios. Aplicación municipal: Los canales institucionales orientan a la ciudadanía y facilitan la relación digital. Distingue el portal de información de la sede para identificar dónde se consulta contenido y dónde se realizan trámites con garantías.
  4. 22Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: título II, capítulo III, registros, comunicaciones y notificaciones electrónicas. Orientación de estudio: El programa pasa de los portales a la gestión de comunicaciones oficiales. Repasa los registros electrónicos y las formas de practicar notificaciones por medios digitales, así como la relación entre el canal elegido, la puesta a disposición y la constancia de la comunicación. Conviene distinguir una comunicación informativa de una notificación con efectos en un procedimiento. Esta materia enlaza la ley de procedimiento con la organización digital del Ayuntamiento y con el seguimiento de plazos por las personas interesadas. Aplicación municipal: Una comunicación electrónica puede producir consecuencias dentro del expediente. Comprueba el canal, la constancia de puesta a disposición y el seguimiento de plazos, diferenciando el aviso general de la notificación formal.
  5. 23Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: título III, expediente administrativo electrónico. Orientación de estudio: El expediente electrónico reúne documentos, actuaciones y evidencias producidas durante la tramitación digital. El tema permite estudiar cómo se forma, ordena, conserva y pone a disposición el expediente, además de las garantías de autenticidad e integridad que deben acompañarlo. Para una función administrativa, es importante entender la relación entre registro, documentos, firma y acceso al expediente. Así se conecta la tramitación electrónica con las reglas generales de procedimiento y con la custodia documental municipal. Aplicación municipal: La organización del expediente permite comprobar qué documentos sustentan una actuación. Relaciona su integridad y conservación con las posibilidades de consulta, auditoría y continuidad de la tramitación administrativa.
Tema 08Parte específica · temas 24 a 29

Contratación pública y ordenación urbanística

Los epígrafes de contratación cuentan con una nota municipal que concreta su alcance. El bloque continúa con clasificación del suelo, régimen urbanístico y licencias.

Normas de referencia

Ver los 6 temas (24 a 29)
  1. 24Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: ámbito subjetivo, clases de contratos, carácter administrativo y privado y régimen jurídico. Aclaración del Ayuntamiento: La nota municipal delimita la lectura a los artículos 2, 3, 12 a 18 y 24 a 27. Orientación de estudio: El Ayuntamiento aclara que este tema debe prepararse con los artículos que identificó en su nota sobre el programa. El núcleo es reconocer a qué entidades y contratos se aplica la ley, diferenciar las clases contractuales y distinguir contratos administrativos de los privados. Esa clasificación determina el régimen jurídico que gobierna cada fase. Al repasar, separa el ámbito subjetivo, la naturaleza del contrato y las reglas aplicables; así se entiende por qué una contratación municipal puede seguir procedimientos distintos.
  2. 25Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: preparación, disposiciones generales, expediente de contratación, pliegos administrativos y prescripciones técnicas. Aclaración del Ayuntamiento: La nota municipal delimita la lectura a los artículos 116 a 130. Orientación de estudio: La nota municipal precisa el alcance de este tema mediante el conjunto de artículos que regula la preparación contractual. Estudia cómo se justifica una necesidad, qué información reúne el expediente y qué función cumplen los pliegos administrativos y técnicos. Estos documentos convierten la necesidad pública en condiciones conocidas para las empresas interesadas. Conviene distinguir los criterios jurídicos y económicos del contrato de sus especificaciones técnicas y relacionar ambos con la planificación y el control posterior.
  3. 26Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: adjudicación. Aclaración del Ayuntamiento: La nota municipal delimita la lectura a los artículos 131 a 141 y 149 a 155. Orientación de estudio: El Ayuntamiento concreta el ámbito de lectura para este tema en su aclaración oficial. La adjudicación compara las ofertas conforme a las reglas anunciadas y concluye con la elección de la propuesta que corresponda según los criterios de la convocatoria contractual. Repasa cómo se valoran las ofertas, qué órganos intervienen y cómo se formaliza la decisión, atendiendo a transparencia, igualdad y trazabilidad. Esta fase debe estudiarse en continuidad con la preparación del expediente y con los pliegos que fijan las condiciones.
  4. 27Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público: contratos menores. Aclaración del Ayuntamiento: La nota oficial identifica las reglas sobre contratos menores y su conexión con otros epígrafes de la contratación pública. Orientación de estudio: La nota oficial precisa que el estudio de los contratos menores debe cubrir las reglas principales y su conexión con la preparación y adjudicación contractual. El tema no se reduce a una etiqueta: conviene revisar la justificación, la documentación y las obligaciones de publicidad que correspondan, además de los controles que evitan fraccionar indebidamente una necesidad. Para un puesto administrativo municipal, resulta práctico relacionar estas exigencias con la tramitación del gasto y la custodia de la documentación del contrato.
  5. 28Ley 2/2006, de 30 de junio, del Suelo y Urbanismo: clasificación, calificación y régimen del suelo. Aclaración del Ayuntamiento: La nota municipal delimita la lectura a los artículos 10 a 27. Orientación de estudio: La aclaración municipal concreta los artículos que entran en este epígrafe. Distingue la clasificación urbanística de la calificación y del régimen que corresponde al suelo, y relaciona esas categorías con el planeamiento y las decisiones administrativas sobre el territorio. El repaso debe mantener separadas las reglas generales de ordenación y las condiciones que afectan a cada clase de suelo. Esta base permite comprender los expedientes urbanísticos y leer con más claridad el tema posterior sobre licencias.
  6. 29Ley 2/2006, de 30 de junio, del Suelo y Urbanismo: licencias urbanísticas. Orientación de estudio: El programa reserva un tema a la intervención municipal mediante licencias urbanísticas. Estudia qué función cumplen como control previo de determinadas actuaciones y cómo se relacionan con la normativa y el planeamiento aplicables. Conviene distinguir la solicitud, la comprobación de requisitos y el acto que resuelve, además de las condiciones que pueden acompañar a la autorización. El tema conecta la regulación urbanística general con la gestión de expedientes concretos en los servicios municipales.

Contrasta las materias con las aclaraciones publicadas por el Ayuntamiento.

Ver convocatoria
Tema 09Parte específica · temas 30 a 33

Presupuestos, hacienda local y subvenciones

Este bloque reúne las herramientas financieras de las entidades locales de Bizkaia y las reglas para conceder, gestionar y reintegrar subvenciones.

Normas de referencia

Ver los 4 temas (30 a 33)
  1. 30Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia: título preliminar, definición, vigencia y principios presupuestarios (artículos 3 a 5). Contenido de los Presupuestos Generales (artículos 6 a 9). Orientación de estudio: El programa acerca la gestión financiera al marco foral de Bizkaia. Revisa qué es el presupuesto local, durante qué período rige y cuáles son los principios que condicionan su elaboración y ejecución. Después identifica qué documentos integran los presupuestos generales y qué información debe reflejarse. Para preparar el tema, vincula principios y contenido: los primeros guían la actividad presupuestaria y el segundo permite controlar ingresos, gastos y objetivos municipales. Aplicación municipal: El presupuesto convierte prioridades públicas en previsiones y límites para gestionar recursos. Relaciona sus principios con el contenido documental y con la posibilidad de seguir el destino de ingresos y gastos. Al leerlo, separa la autorización para gastar de la ejecución de los créditos. El presupuesto informa qué recursos se prevén y qué gastos pueden gestionarse; por ello, el tema se conecta con el control financiero y con la responsabilidad de documentar cada operación pública. En ejercicios prácticos, enlaza la regla presupuestaria con la documentación que justifica la previsión y el control del gasto municipal.
  2. 31Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia: estructura de los Presupuestos Generales (artículos 10 a 13), elaboración y aprobación (artículos 14 a 18) y prórroga del presupuesto (artículo 50). Orientación de estudio: Este tema sigue el ciclo de preparación y aprobación del presupuesto local. Ordena su estructura, la elaboración del proyecto, su aprobación y la respuesta prevista cuando no entra en vigor un nuevo presupuesto a tiempo. La secuencia permite comprender cómo se pasa de previsiones a una autorización presupuestaria útil para la entidad. Estudia quién interviene en cada etapa, qué documentos se producen y cómo la prórroga mantiene la continuidad de la gestión hasta contar con nuevas cuentas aprobadas. Aplicación municipal: La elaboración y aprobación organizan el ciclo presupuestario de la entidad. Comprueba qué documentos intervienen y cómo la prórroga mantiene la continuidad cuando aún no se dispone de un nuevo presupuesto aprobado. Conviene representar el ciclo desde la preparación hasta la aprobación y la prórroga. Cada fase deja documentos distintos y requiere coordinación entre unidades; entender el orden evita confundir las previsiones con la autorización definitiva para gestionar recursos. Para ordenar el análisis, sigue la secuencia documental y comprueba cómo cada fase habilita la siguiente dentro de la gestión financiera.
  3. 32Haciendas locales: principios constitucionales (artículos 133 y 142). Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: artículo 2. Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales: artículos 2, 20 a 39 y 44 a 50 sobre recursos, impuestos, tasas, contribuciones especiales y precios públicos. Aclaración del Ayuntamiento: La nota municipal corrige los precios públicos: artículos 44 a 50 de la Norma Foral 9/2005. Orientación de estudio: La nota municipal corrige el tramo de artículos relativo a precios públicos y mantiene el resto del tema. El estudio abarca los principios de suficiencia y autonomía financiera local, las fuentes de recursos municipales y las figuras tributarias que enumera el programa. Distingue impuestos, tasas, contribuciones especiales y precios públicos por su fundamento y forma de establecimiento. La separación conceptual ayuda a identificar qué ingreso financia una actuación y qué norma foral regula su gestión en Bizkaia. Aplicación municipal: Los recursos locales tienen fundamentos distintos. Comparar impuestos, tasas, contribuciones y precios públicos ayuda a entender qué hecho origina el ingreso y qué regulación debe consultarse para cada expediente. La comparación entre figuras de ingreso debe atender a su fundamento y al modo de establecimiento. Cuando un supuesto municipal plantea un cobro, identifica primero el servicio o actividad, después la figura aplicable y por último la norma foral que la regula. Al clasificar un ingreso, explica por qué se aplica esa figura y qué acto municipal sirve de fundamento a su exigencia.
  4. 33Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: disposiciones generales, procedimientos de concesión y gestión de subvenciones y reintegro. Orientación de estudio: El programa reúne las reglas generales de las subvenciones con sus principales etapas de gestión. Repasa las condiciones para conceder ayudas, los procedimientos de concesión, la justificación del uso de fondos y los supuestos de reintegro. Conviene seguir el ciclo completo: convocatoria o concesión, ejecución, control y cierre. Desde la perspectiva municipal, el temario conecta la actividad de fomento con la transparencia, la comprobación documental y la recuperación de cantidades cuando se incumplen las condiciones. Aplicación municipal: La subvención implica condiciones de concesión, justificación y control. Seguir el ciclo hasta el reintegro permite comprobar que los fondos se destinan a la finalidad prevista y que la entidad documenta sus actuaciones. La gestión de ayudas implica comprobar tanto el procedimiento de concesión como el cumplimiento posterior. La justificación, el control de destino y el reintegro forman un mismo ciclo de responsabilidad en el uso de fondos públicos. En una ayuda concreta, compara lo concedido con la finalidad acreditada y revisa si procede conservar o devolver los fondos.
Tema 10Parte específica · temas 34 a 36

Potestad sancionadora y responsabilidad patrimonial

Los temas distinguen los principios para sancionar, el procedimiento propio de las administraciones vascas y la reparación de daños atribuibles a los servicios públicos.

Normas de referencia

Ver los 3 temas (34 a 36)
  1. 34Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: principios de la potestad sancionadora. Orientación de estudio: Este tema presenta las garantías que limitan el poder de la Administración para sancionar. Repasa los principios que rigen la tipificación de infracciones y sanciones, la responsabilidad, la proporcionalidad y la aplicación temporal de las normas, según el alcance del programa. Conviene diferenciar la potestad sancionadora de la responsabilidad patrimonial y del procedimiento concreto, que tienen epígrafes propios. El enfoque ayuda a comprobar que una sanción municipal se apoya en una norma y respeta las garantías de las personas afectadas. Aplicación municipal: Los principios sancionadores protegen a las personas frente al uso arbitrario del poder público. Examina la base legal, la tipificación y la proporcionalidad antes de valorar la tramitación de una infracción concreta. Antes de analizar la sanción, identifica la conducta y la norma que permite calificarla. Después relaciona la respuesta con la gravedad y con las garantías de la persona afectada, distinguiendo la sanción de otras formas de actuación administrativa.
  2. 35Potestad sancionadora de las Administraciones Públicas Vascas. Ley 1/2023, de 16 de marzo: procedimiento (capítulo III). Orientación de estudio: El temario añade el marco vasco y el procedimiento que deben seguir las Administraciones Públicas de Euskadi al ejercer la potestad sancionadora. Organiza las fases del procedimiento, la intervención de las personas afectadas y las garantías que permiten formular alegaciones y proponer pruebas. Relaciona esta norma con los principios generales de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, sin confundir el fundamento de la potestad con su tramitación. La perspectiva autonómica resulta relevante para la actividad sancionadora de una entidad local vasca. Aplicación municipal: El procedimiento vasco aporta reglas de tramitación para ejercer la potestad sancionadora. Relaciona la comunicación de los hechos y la posibilidad de defenderse con la resolución que pone fin al expediente. En un expediente vasco, la norma autonómica concreta la tramitación sin eliminar las garantías comunes. Relaciona el inicio, la audiencia y la prueba con la decisión final, y comprueba que la persona conoce los hechos que se le atribuyen.
  3. 36Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Orientación de estudio: Este epígrafe estudia el deber de responder por los daños que puedan derivarse del funcionamiento de los servicios públicos en los términos previstos por la ley. Repasa los requisitos de la responsabilidad, la relación entre daño y actuación administrativa, y la tramitación de las reclamaciones. Distingue esta vía de una sanción: una busca reparar un perjuicio y la otra castiga una infracción. La diferencia es importante en la gestión municipal porque determina qué hechos, pruebas y decisiones deben incorporarse al expediente. Aplicación municipal: La responsabilidad patrimonial busca reparar daños bajo los requisitos legales, mientras que la sanción responde a una infracción. Diferenciar finalidad y procedimiento ayuda a escoger el cauce adecuado ante unos mismos hechos. Para valorar una reclamación, separa la existencia del daño de su atribución al funcionamiento del servicio público. La documentación del expediente y la relación entre hechos y perjuicio orientan una decisión de reparación conforme a la ley.
Tema 11Parte específica · temas 37 a 40

Empleo público vasco: clases, derechos y situaciones

El programa cierra con la clasificación del personal, sus derechos y deberes, las incompatibilidades, el régimen disciplinario y las situaciones administrativas.

Normas de referencia

Ver los 4 temas (37 a 40)
  1. 37Empleo Público Vasco. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: clases de personal. Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco: personal al servicio de las Administraciones Públicas vascas. Orientación de estudio: El programa combina la clasificación básica del personal público con el régimen vasco de empleo público. Distingue los tipos de empleados y empleadas y las relaciones de servicio que contempla la normativa, y después sitúa al personal al servicio de las Administraciones Públicas vascas. Conviene no mezclar la naturaleza del vínculo con las funciones concretas de un puesto. Este marco sirve para interpretar la organización municipal, los requisitos de acceso y las reglas de conducta aplicables al personal. Aplicación municipal: La clasificación del personal explica los distintos vínculos de servicio y su encaje organizativo. Relaciónala con los requisitos de acceso y con el régimen que acompaña a cada puesto en las administraciones vascas. La diversidad de vínculos afecta a la forma de acceso, permanencia y organización del trabajo. Clasifica primero el tipo de personal y después relaciona el régimen legal con las funciones asignadas a cada puesto en el servicio público. En un análisis de puesto, separa los requisitos de acceso, la categoría de personal y las funciones encomendadas. Así se entiende cómo se integra cada relación de servicio en la organización y qué reglas generales se aplican al desempeño.
  2. 38Empleo Público Vasco. Real Decreto Legislativo 5/2015: derechos de las empleadas y empleados públicos. Ley 11/2022, de 1 de diciembre: derechos, deberes, código de conducta, incompatibilidades y responsabilidades del personal empleado público vasco. Orientación de estudio: Este tema relaciona los derechos profesionales con los deberes y responsabilidades que acompañan al servicio público. Revisa los derechos individuales y colectivos señalados en el Estatuto Básico y las reglas vascas sobre conducta, incompatibilidades y obligaciones del personal. La preparación puede organizarse por perspectiva: garantías de la persona empleada, deberes hacia la ciudadanía y exigencias de imparcialidad y buen funcionamiento. Así se evita estudiar derechos y obligaciones como listas independientes y se entiende su aplicación en el puesto. Aplicación municipal: Los derechos protegen la posición profesional y los deberes guían la actuación hacia la ciudadanía. Las incompatibilidades y responsabilidades refuerzan imparcialidad, integridad y confianza en el servicio público. El equilibrio entre derechos y obligaciones se manifiesta en la atención cotidiana. Imparcialidad, conducta profesional, incompatibilidades y responsabilidad ayudan a proteger la confianza pública y a ofrecer un servicio coherente con la legalidad. Al estudiar un caso profesional, conecta la decisión del empleado con los derechos de la ciudadanía y con los deberes de neutralidad, diligencia y respeto. Esta lectura muestra que el régimen de conducta protege la calidad del servicio y la confianza en la Administración.
  3. 39Empleo Público Vasco. Real Decreto Legislativo 5/2015: régimen disciplinario (artículos 93 a 98). Ley 11/2022, de 1 de diciembre: régimen disciplinario (artículos 172 a 176). Orientación de estudio: El programa contrapone las disposiciones básicas estatales con el régimen disciplinario vasco. Repasa la responsabilidad disciplinaria, la clasificación de faltas y sanciones y las reglas esenciales de ejercicio de la potestad disciplinaria. Debe estudiarse junto con las garantías del procedimiento y con los deberes del personal, pues una conducta solo puede producir consecuencias dentro del marco legal correspondiente. Esta materia se conecta con el funcionamiento diario de la Administración y con la responsabilidad del personal en el cumplimiento de sus funciones. Aplicación municipal: El régimen disciplinario conecta la conducta con consecuencias legales y garantías procedimentales. Estudia las reglas estatales y vascas en conjunto, sin separarlas de los deberes que ordenan el trabajo público. La potestad disciplinaria requiere hechos acreditados, tipificación y un procedimiento con garantías. La comparación de los marcos estatal y vasco ayuda a ubicar cada regla y a evitar que una consecuencia se aplique al margen de la norma. Para analizar una infracción disciplinaria, identifica el deber, la conducta y la regla aplicable antes de valorar las consecuencias. La comparación entre textos ayuda a localizar el marco correspondiente y a comprobar que la respuesta mantiene un procedimiento garantista.
  4. 40Empleo Público Vasco. Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco: situaciones administrativas del personal en las Administraciones Públicas vascas (título X). Orientación de estudio: El último tema del programa aborda las situaciones administrativas que pueden afectar a la relación de servicio del personal público vasco. Repasa las circunstancias que modifican temporalmente la prestación ordinaria, sus efectos y las condiciones de reingreso o permanencia previstas en la ley. Para estudiarlo, relaciona cada situación con la posición administrativa de la persona y con sus derechos y obligaciones mientras dura. El tema cierra el bloque de empleo público al complementar clasificación, derechos, deberes y régimen disciplinario. Aplicación municipal: Las situaciones administrativas modifican la forma en que se presta el servicio o se mantiene la relación profesional. Relaciónalas con sus efectos y con los derechos y obligaciones que conserva la persona empleada. El análisis debe fijarse en la situación reconocida, sus efectos sobre el servicio y las condiciones para volver a la prestación ordinaria cuando proceda. Esta perspectiva completa el estudio de derechos, deberes y organización del personal. Relaciona la situación administrativa con la continuidad del servicio y con la posición individual de la persona empleada. Contrasta la causa de cada situación con sus efectos y las condiciones de regreso al puesto.
Tema 00Fuente oficial

Fuentes oficiales del temario

Bases, notas y plan lingüístico municipal.

Tema 01Tu preparación

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Tema 10Preguntas frecuentes

Dudas sobre el temario de Administrativo de Barakaldo

¿Cuántos temas tiene el temario de Administrativo de Barakaldo?

El programa reúne 40 temas: 10 generales y 30 específicos. El Anexo I lista los temas y el Ayuntamiento publicó aclaraciones para varios epígrafes.

¿Qué materias aparecen en la parte general?

Los primeros temas recorren Constitución, autonomía vasca, régimen local, transparencia, protección de datos, euskera, igualdad y prevención de riesgos laborales, según el reparto del Anexo I.

¿Qué corrección publicó el Ayuntamiento sobre protección de datos?

La nota municipal corrige el tema 7: corresponde al Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, con principios, legitimación, datos protegidos y derechos de las personas.

¿Qué documento de euskera pide el tema 8?

La nota mantiene las leyes sobre euskera y sustituye la referencia de plan por el Plan Estratégico de Normalización del Uso del Euskera del VII período, 2023-2027.

¿Qué materias reúne la parte específica?

Incluye procedimiento administrativo, régimen jurídico del sector público, administración electrónica, contratación, urbanismo, presupuestos y hacienda local, subvenciones, potestad sancionadora y empleo público vasco.

¿Cambió el alcance de los temas de contratación y urbanismo?

Sí. La nota precisa qué artículos de contratación pública y de la Ley del Suelo entran en los temas 24 a 28. La relación aparece junto a cada tema.

¿Qué artículos del tema 32 entran sobre precios públicos?

La aclaración del Ayuntamiento rectifica la referencia inicial: para los precios públicos de la Norma Foral de Haciendas Locales indica los artículos 44 a 50.

¿Dónde puedo consultar el programa completo y las notas?

El Anexo I está en las bases del Boletín Oficial de Bizkaia. La sede municipal conserva las notas aclaratorias de los temas 7 y 8, de contratación y urbanismo, y de haciendas locales.

Comprueba el programa y sus aclaraciones en las fuentes oficiales.

El Boletín de Bizkaia publica las bases y la sede municipal reúne las notas aclaratorias.

Abrir las bases oficiales