Temario de Administrativo del Ayuntamiento de Alcalá de Henares

El programa oficial reúne 20 temas: 8 comunes y 12 específicos. Consulta sus epígrafes y el formato de la prueba.

En 30 segundos

  • 20temas oficiales
  • 8materias comunes
  • 12materias específicas
  • 1ejercicio tipo test
Tema 01Distribución oficial

Cómo se organiza el temario de Administrativo en Alcalá de Henares

Las bases distribuyen los 20 temas en dos partes: 8 comunes y 12 específicos. Ambas tienen numeración propia; el cuestionario corresponde a un único ejercicio de la fase de oposición.

Los nombres de los bloques se mantienen tal como figuran en el anexo; los tramos de lectura siguientes ordenan la consulta sin alterar la estructura oficial.

  1. 1Materias comunesConstitución, instituciones del Estado, Administración Local en la Constitución, igualdad y prevención de riesgos laborales.
  2. 2Materias específicasPersonal público, procedimiento, organización del Ayuntamiento, competencias y servicios municipales, haciendas locales y presupuestos.
  3. 3CuestionarioUn test de 40 preguntas, con 3 respuestas posibles y 50 minutos para completarlo.
Tema 02Materias comunes · temas 1 a 3

Constitución, derechos y Cortes Generales

Este primer tramo reúne la estructura constitucional, los derechos fundamentales y la organización y funciones de las Cortes Generales. Es una división de lectura del programa común.

Normas y fuentes relacionadas

Ver los 3 temas (1 a 3)
  1. 1Principios y estructura de la Constitución Española de 1978.

    Orientación de estudio. Este epígrafe sirve de mapa para leer el resto del bloque constitucional. La Constitución establece el marco básico del Estado y organiza sus instituciones y niveles territoriales. Repásala primero de forma estructural: identifica el preámbulo, los títulos, los capítulos y las disposiciones, y asocia cada parte con el asunto que regula. Después separa los principios que orientan el ordenamiento de las normas sobre derechos, órganos constitucionales y organización territorial. Esa clasificación evita mezclar materias que vuelven a aparecer en los temas siguientes con un nivel de detalle mayor. El título del programa destaca los principios y la estructura; por eso conviene comprender cómo encajan las partes y localizar el origen constitucional de los demás epígrafes. La lectura puede combinar un esquema de títulos con una lista breve de conceptos que enlacen un tema con otro. No hace falta convertir el primer repaso en un inventario de artículos: interesa saber dónde está cada materia y cómo se relaciona con la posición de los poderes públicos y con las garantías de la ciudadanía. Para cerrar el estudio, intenta explicar la estructura sin consultar el texto y comprueba después en la versión oficial los nombres y el orden de cada apartado. Mantén separados el texto constitucional y las leyes que lo desarrollan; el programa incorpora varias de estas normas en temas posteriores.
  2. 2De los derechos fundamentales y de las libertades públicas: Sección 1.ª Capítulo II, Título I de La Constitución Española de 1978.

    Orientación de estudio. El programa acota este tema a los derechos fundamentales y las libertades públicas incluidos en la sección indicada del título primero. Estudia el conjunto como un sistema de posiciones protegidas frente a los poderes públicos, y distingue el reconocimiento del derecho, sus límites y las garantías previstas para hacerlo efectivo. La Constitución incorpora derechos vinculados a la libertad personal y a la participación, junto con libertades que permiten expresar ideas, reunirse y asociarse. También establece mecanismos específicos de garantía y reserva a la ley la regulación de su ejercicio en los términos constitucionales. No todos los derechos del título primero tienen la misma ubicación ni el mismo régimen de protección; esa diferencia es una clave de lectura que conviene practicar comparando su localización y el tipo de garantía aplicable. El epígrafe no pide estudiar de forma aislada una lista: pide dominar la sección constitucional concreta y el lugar que ocupa dentro del título. Para repasarlo, organiza una tabla con el derecho, la conducta que protege, las obligaciones que genera para la Administración y la garantía constitucional relacionada. Añade una columna con el artículo de referencia solo después de verificarlo en el texto oficial. Así se evita confundir la garantía constitucional con los procedimientos legales posteriores. En preguntas de test, presta atención a palabras como libertad, igualdad, participación, inviolabilidad y tutela, porque señalan ámbitos distintos. Contrasta siempre el enunciado con la redacción del texto, sin ampliar el alcance del tema más allá de la sección mencionada en las bases.
  3. 3Las Cortes Generales: Composición y funciones.

    Orientación de estudio. Las Cortes Generales están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Para estudiar composición y funciones, separa la representación de cada Cámara de las tareas que la Constitución atribuye al conjunto de las Cortes. El programa puede abordarse a través de sus funciones legislativa, presupuestaria y de control político, y de los momentos en que ambas Cámaras intervienen de forma sucesiva o coordinada. Revisa cómo se presentan y tramitan iniciativas, cómo se debaten y aprueban las leyes y qué lugar ocupan las comisiones y los plenos en el trabajo parlamentario. Para el Senado, identifica su papel dentro del procedimiento legislativo y la relación que mantiene con el Congreso; no des por supuesto que todas las decisiones se cierran del mismo modo en ambas Cámaras. En materia presupuestaria, enlaza este tema con la competencia del Gobierno para preparar el proyecto y con la intervención parlamentaria que prevé la Constitución. En materia de control, distingue las preguntas y comparecencias de los instrumentos que pueden producir consecuencias políticas. Una ficha útil tendrá tres apartados: organización, atribuciones y procedimientos. Añade ejemplos de relaciones entre Congreso, Senado y Gobierno, pero comprueba cada respuesta en el texto constitucional. El temario menciona composición y funciones, no un repertorio ilimitado de reglamentos parlamentarios; céntrate en las reglas constitucionales que explican quién actúa, en qué Cámara y con qué efecto.
Tema 03Materias comunes · temas 4 y 5

Tribunal Constitucional y reforma constitucional

Estos epígrafes se ocupan del Tribunal Constitucional y del procedimiento específico para reformar la Constitución. Se mantienen dentro de la parte común.

Normas y fuentes relacionadas

Ver los 2 temas (4 a 5)
  1. 4El Tribunal Constitucional: Título IX de la Constitución

    Orientación de estudio. El Tribunal Constitucional aparece en el título dedicado a la garantía jurisdiccional de la Constitución. La materia puede ordenarse por su posición dentro del sistema, su composición, sus competencias y los procedimientos que permiten plantear cuestiones constitucionales. Repasa por separado el control de constitucionalidad de las normas con fuerza de ley, el recurso de amparo y los conflictos de competencia entre instituciones o niveles territoriales. La Constitución define además los efectos de las decisiones y prevé que una ley orgánica regule el funcionamiento del Tribunal, el estatuto de sus miembros y los procedimientos ante él. Esta remisión ayuda a delimitar el tema: el programa señala el título constitucional, de modo que la base del estudio son sus disposiciones y la normativa de desarrollo solo sirve para aclararlas. Distingue el Tribunal Constitucional de los órganos del Poder Judicial y evita atribuirle recursos ordinarios contra cualquier resolución judicial. Al preparar el tema, relaciona cada competencia con el tipo de conflicto que resuelve y con quién puede promover el procedimiento. Un cuadro de cuatro columnas (competencia, objeto, sujetos legitimados y efecto) facilita la comparación. Comprueba en la fuente oficial cómo se organiza el nombramiento y el mandato, y no memorices esos datos desde resúmenes secundarios. El cierre del repaso debe consistir en describir por qué el Tribunal asegura la supremacía constitucional y qué instrumentos concretos permiten activar su intervención.
  2. 5La reforma constitucional: Título X de la Constitución

    Orientación de estudio. La reforma constitucional está regulada en un título propio y prevé procedimientos distintos según el alcance del cambio. El procedimiento ordinario exige una mayoría de tres quintos en cada Cámara; si no hay acuerdo, puede intentarse una fórmula de conciliación y la Constitución establece cómo resolver la discrepancia. Una reforma aprobada puede someterse a referéndum cuando lo solicita, dentro del plazo constitucional, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras. El procedimiento agravado se reserva a una revisión total y a determinadas partes especialmente protegidas: requiere una decisión inicial reforzada, disolución de las Cortes, ratificación por las nuevas Cámaras y aprobación final. El texto constitucional incluye además límites temporales para iniciar una reforma en circunstancias excepcionales. Para estudiar, compara ambos procedimientos en una tabla: supuesto que los activa, mayorías, intervención de las Cámaras, elección o disolución, referéndum y límites. Los umbrales no deben mezclarse: tres quintos, dos tercios y una décima parte cumplen funciones diferentes. Al practicar, identifica primero qué parte se pretende reformar y después sigue el itinerario correspondiente en orden. La fuente primaria es el título décimo de la Constitución, que conserva la redacción vigente y permite verificar cada fracción y plazo. Este tema enlaza con el de estructura constitucional, pero tiene un objeto propio: el mecanismo para cambiar el texto y las garantías que dificultan que una reforma se tramite como una ley ordinaria.
Tema 04Materias comunes · temas 6 a 8

Administración Local, igualdad y prevención

El tramo final relaciona la Administración Local con la Constitución y recoge criterios de igualdad efectiva y prevención de riesgos laborales en el empleo público.

Normas y fuentes relacionadas

Ver los 3 temas (6 a 8)
  1. 6La Administración Local en la Constitución: Capítulo II, Título VIII de la Constitución.

    Orientación de estudio. El epígrafe conecta la organización territorial con la autonomía local. La Constitución distribuye territorialmente el Estado y reconoce autonomía para la gestión de los intereses respectivos de sus entidades. Para una oposición municipal, interesa ubicar el municipio y la provincia dentro de ese marco sin confundir autonomía local con soberanía ni con las competencias de una comunidad autónoma. El texto constitucional regula también la personalidad y el gobierno de los municipios, la organización provincial y la suficiencia financiera de las haciendas locales. Estos principios sirven de base para estudiar después la organización concreta del Ayuntamiento y las competencias municipales previstas en la legislación local. El orden de repaso puede ser: organización territorial general, municipio, provincia, gobierno local y recursos financieros. En cada paso, diferencia lo que declara directamente la Constitución de lo que desarrolla la Ley de Bases del Régimen Local. El tema menciona el capítulo constitucional correspondiente; por tanto, usa la Constitución como referencia principal y el resto de la legislación como apoyo, no como sustituto del epígrafe. Prepara una tabla que asocie cada entidad territorial con su interés y su forma de autonomía. Comprueba la terminología oficial (municipio, provincia y comunidad autónoma) y localiza los artículos constitucionales relacionados con cada una. Para terminar, explica cómo este marco permite que el gobierno local atienda asuntos próximos a la ciudadanía y cómo se relaciona con las competencias desarrolladas en los temas específicos.
  2. 7Criterios de actuación de las Administraciones públicas y el principio de presencia equilibrada en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (Capítulos I y II del Título V).

    Orientación de estudio. El programa delimita el estudio a criterios de actuación administrativa y a la presencia equilibrada dentro de la Administración General del Estado y sus organismos vinculados o dependientes. La Ley Orgánica de igualdad exige integrar el principio de igualdad en la actuación pública, remover obstáculos que mantengan discriminaciones y promover condiciones efectivas de igualdad en el acceso al empleo y en la carrera profesional. El capítulo siguiente desarrolla la presencia equilibrada en órganos de selección y valoración y en los nombramientos de responsabilidad, con el alcance que fija la propia ley. Para estudiar este tema conviene separar la regla general de actuación de las medidas dirigidas específicamente a la composición equilibrada. También hay que respetar el ámbito indicado en el epígrafe: las referencias a la Administración General del Estado no deben presentarse como una descripción de la organización municipal de Alcalá. El objetivo es comprender el criterio legal, cuándo se aplica y qué órganos públicos quedan mencionados por la norma. Haz una ficha con el mandato, el espacio de aplicación y los mecanismos institucionales relacionados, y contrasta los capítulos citados en el texto oficial. Evita resumir la igualdad como una consigna genérica: las bases nombran criterios administrativos concretos. En preguntas de examen, comprueba si el enunciado se refiere al principio de igualdad en el empleo público, a una actuación de planificación o a la composición de órganos. Esa precisión ayuda a distinguir este tema de las reglas de igualdad que puedan aparecer en otras normas.
  3. 8Objeto y ámbito de aplicación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

    Orientación de estudio. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene por objeto promover la seguridad y la salud de las personas trabajadoras mediante medidas preventivas. El programa limita este tema al objeto y al ámbito de aplicación, por lo que el primer paso es entender a quién alcanza la norma y qué relaciones de trabajo cubre. La ley parte de la prevención de riesgos derivados del trabajo y desarrolla derechos de protección, obligaciones de la empresa y participación de las personas trabajadoras. También incluye reglas específicas para las administraciones públicas, con las adaptaciones previstas por la legislación aplicable. El estudio debe distinguir el objetivo preventivo de los instrumentos concretos: evaluación de riesgos, planificación, formación, información y vigilancia de la salud pertenecen al desarrollo de ese objetivo y aparecen en otras partes de la norma. Para este epígrafe, concentra la lectura en los artículos iniciales y en las reglas sobre ámbito, evitando extender el tema a un catálogo técnico de riesgos laborales. Una ficha clara separa finalidad, sujetos, centros o actividades comprendidas y exclusiones o particularidades expresas. Después explica por qué la prevención forma parte de la gestión ordinaria del empleo público y cómo debe integrarse en la organización del trabajo. La fuente a consultar es la ley oficial, no una guía de prevención; las guías pueden servir para entender conceptos, pero no sustituyen el texto que define el temario.

Consulta la ficha para seguir los anuncios oficiales del proceso F004.

Ver la oposición
Tema 05Materias específicas · temas 1 a 3

Empleo público e inicio del procedimiento

El tramo inicial presenta el personal al servicio de las administraciones y el comienzo del procedimiento, seguido por su instrucción y finalización.

Normas y fuentes relacionadas

Ver los 3 temas (1 a 3)
  1. 1El personal al servicio de las administraciones públicas: Título II del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

    Orientación de estudio. El título segundo del Estatuto Básico del Empleado Público comienza por identificar quiénes son empleados públicos y qué clases de personal sirven a las administraciones. Estudia las diferencias entre personal funcionario de carrera, personal interino, personal laboral y personal eventual atendiendo a la naturaleza del vínculo y a la forma de acceso o nombramiento que prevé el Estatuto. El epígrafe se centra en el personal al servicio de las administraciones públicas, de modo que no conviene sustituirlo por un repaso general de selección, carrera o retribuciones, materias que se regulan en otros títulos. La comparación debe apoyarse en la definición legal y en el capítulo dedicado a las clases de personal. Revisa también cómo se relaciona el servicio público con la satisfacción de intereses generales y por qué algunas funciones quedan reservadas al personal funcionario en los términos que establezca la ley. Para evitar confusiones, distingue categorías jurídicas de grupos de clasificación y de puestos concretos. Una tabla puede incluir tipo de empleado, relación con la Administración, duración o carácter del vínculo y normas aplicables. El temario cita expresamente el título segundo, por lo que la fuente principal es ese tramo del Estatuto; no hace falta anticipar el contenido de todo el programa de empleo público. Al resolver preguntas, atiende a los términos exactos funcionario, interino, laboral y eventual, y comprueba en la norma cómo se define cada categoría.
  2. 2Iniciación del procedimiento de oficio por la administración y a solicitud del interesado. Ordenación del procedimiento del procedimiento administrativo: La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Orientación de estudio. La Ley del Procedimiento Administrativo Común permite iniciar un procedimiento de oficio o a solicitud de una persona interesada. El tema une esas dos formas de iniciación con la ordenación del procedimiento, es decir, con la secuencia y conducción de las actuaciones una vez abierto el expediente. En el estudio de la iniciación, diferencia el acuerdo administrativo de apertura de la solicitud presentada por quien tiene interés; cada vía tiene requisitos y trámites propios. Después, sigue la ordenación como un conjunto de reglas para impulsar el expediente, mantener el orden de tramitación y dejar constancia de las actuaciones. La Administración debe respetar los derechos de las personas interesadas y los principios de eficacia, transparencia y seguridad jurídica. No confundas ordenación con instrucción: la primera organiza el curso del procedimiento y la segunda reúne elementos para decidir. El epígrafe contiene una repetición tipográfica en su redacción, pero la materia se identifica con claridad en la Ley 39/2015. Para repasar, dibuja dos columnas, una para el inicio de oficio y otra para el inicio a solicitud, y añade después una línea temporal con los trámites de ordenación que regula la ley. Comprueba quién impulsa cada actuación, qué documentación se incorpora y cómo se informa a las personas interesadas. Mantén los plazos fuera del resumen general hasta verificar el artículo aplicable, porque cada trámite puede tener una regla distinta. Usa el texto consolidado del BOE para estudiar la regulación vigente y vuelve a las bases para comprobar el alcance exacto del epígrafe.
  3. 3Instrucción y finalización del procedimiento administrativo: La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Orientación de estudio. La instrucción reúne las actuaciones necesarias para determinar los hechos y preparar la decisión del procedimiento. La Ley 39/2015 recoge actos de instrucción realizados por el órgano tramitador, permite que las personas interesadas propongan actuaciones y regula medios como la prueba, los informes y el trámite de audiencia. La finalización debe estudiarse por separado: la forma normal es la resolución, pero la ley también contempla desistimiento, renuncia, caducidad e imposibilidad material de continuar, con las condiciones previstas para cada caso. No basta con memorizar los nombres; es útil comparar qué actuación pone fin al expediente, quién la promueve y si la Administración debe motivar su decisión. La resolución debe responder a las cuestiones planteadas y expresar el sentido de la decisión conforme a la ley. El título del programa agrupa instrucción y finalización porque describen la fase de comprobación y el cierre del procedimiento. Para prepararlo, representa el recorrido desde que se reúnen hechos y documentos hasta que se dicta la resolución o concurre otra forma legal de terminación. Distingue la propuesta de resolución de la resolución final y la audiencia de la práctica de prueba. La fuente oficial permite verificar qué trámites son comunes y cuáles dependen de la materia. Al practicar preguntas, identifica si el supuesto describe una actuación para formar el expediente o una causa que lo termina; esa distinción evita confundir momentos diferentes de la Ley 39/2015.
Tema 06Materias específicas · temas 4 y 5

Ejecución y recursos administrativos

Estos temas completan el recorrido del procedimiento con las reglas de ejecución y los recursos que pueden interponerse en vía administrativa.

Normas y fuentes relacionadas

Ver los 2 temas (4 a 5)
  1. 4Capítulo VII del Título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Ejecución.

    Orientación de estudio. La ejecución es el momento en que la Administración hace efectivo un acto administrativo cuando la persona destinataria no lo cumple voluntariamente y concurren las condiciones legales. La Ley 39/2015 parte de la ejecutoriedad de los actos administrativos, pero prevé excepciones, entre ellas la suspensión de la ejecución y determinados supuestos sancionadores. El estudio del capítulo debe diferenciar ejecutividad, firmeza y ejecución material: son conceptos relacionados, pero no equivalentes. La ley contempla medios de ejecución forzosa y exige respetar la proporcionalidad, los derechos de las personas y el procedimiento aplicable. El programa cita el capítulo de ejecución dentro del título dedicado al procedimiento, así que concéntrate en sus reglas generales, en quién actúa y en qué circunstancias puede llevarse a efecto una decisión. No conviertas el tema en un catálogo abstracto: relaciona cada medio con el tipo de obligación o acto al que se aplica y comprueba las garantías y límites correspondientes. Para repasarlo, prepara una secuencia: acto que se ejecuta, situación de cumplimiento, posible suspensión, medio legal y control de la actuación. Después diferencia la ejecución de una resolución de los recursos que pueden interponerse contra ella. La página del BOE ofrece el texto oficial y sus conexiones entre artículos; consulta esa referencia en lugar de memorizar definiciones de una fuente secundaria. Esta estructura facilita responder preguntas sobre si la Administración puede ejecutar un acto, cuándo debe esperar y qué salvaguardas protegen a la persona interesada.
  2. 5Los recursos administrativos: Título V, Capítulo II de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Orientación de estudio. Los recursos administrativos permiten pedir a la propia Administración que revise un acto en los supuestos previstos por la ley. El capítulo citado en el programa contiene principios generales y regula recursos ordinarios y extraordinarios. Para estudiarlos, distingue el recurso de alzada, el potestativo de reposición y el extraordinario de revisión según el tipo de acto, el órgano ante el que se presenta y el órgano que resuelve. La elección del recurso depende de si el acto pone fin a la vía administrativa y de las circunstancias reguladas por la norma. También hay que conocer qué ocurre con la ejecución del acto mientras se tramita el recurso: presentar un recurso no implica automáticamente que quede suspendido. La ley establece requisitos, plazos, efectos y causas de inadmisión, por lo que no es recomendable reducir el tema a una lista de nombres. Haz una tabla comparativa que incluya objeto impugnable, autoridad competente, plazo para recurrir, plazo para resolver y efecto del silencio, verificando cada dato en el texto vigente. El tema se relaciona con la ejecución del epígrafe anterior, pero no se confunde con ella: el recurso revisa la legalidad del acto y la ejecución determina cómo se cumple. El texto consolidado del BOE facilita encontrar cada modalidad y sus condiciones. En un supuesto práctico, identifica primero la naturaleza del acto y el órgano que lo dictó, y después selecciona el recurso que establece la ley, sin aplicar automáticamente una misma vía a todas las decisiones.
Tema 07Materias específicas · temas 6 y 7

Órganos y organización municipal

La organización del Ayuntamiento se divide en dos epígrafes: órganos de gobierno, comisiones y secretarías; después, distritos y su organización.

Documentación y material de trabajo sobre una mesa de oficina pública municipal.

Normas y fuentes relacionadas

Ver los 2 temas (6 a 7)
  1. 6La Organización del Ayuntamiento de Alcalá de Henares (I) El Pleno. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno Local.

    Orientación de estudio. Este epígrafe se refiere a la organización municipal de Alcalá de Henares y comienza con el Pleno, el Alcalde, los Tenientes de Alcalde y la Junta de Gobierno Local. Estudia cada órgano por su composición, forma de designación, posición en el gobierno municipal y relación con los demás. La legislación de régimen local ofrece el marco general; la información institucional del Ayuntamiento ayuda a reconocer cómo se presenta esa estructura en el municipio. El Pleno es el órgano colegiado de representación y decisión municipal, mientras que la Alcaldía dirige el gobierno y la administración en el ámbito de sus atribuciones. Los Tenientes de Alcalde sustituyen al Alcalde en los casos previstos y la Junta de Gobierno participa en la dirección ejecutiva conforme a la normativa aplicable. Comprueba en la ley las atribuciones reservadas a cada órgano y evita asignar al Pleno competencias que corresponden a la Alcaldía o al revés. El programa los agrupa dentro de la primera parte de organización municipal, pero no los convierte en una lista intercambiable. Para estudiarlos, crea fichas con composición, funciones, acuerdos y relación institucional; después plantea quién resolvería un asunto concreto y confirma la respuesta en la fuente oficial. Los cargos y las personas que ocupan esos puestos pueden cambiar, así que la preparación debe centrarse en las reglas y órganos, no en nombres propios de titulares. Contrasta el texto de las bases con la normativa local vigente antes de extrapolar una regla general a una competencia específica de Alcalá.
  2. 7La Organización del Ayuntamiento de Alcalá de Henares (II) Las comisiones del Pleno. El Secretario General del Pleno y el Secretario Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local. Organización y competencias de los Distritos.

    Orientación de estudio. La segunda parte de organización municipal reúne las comisiones del Pleno, las funciones de las secretarías vinculadas al Pleno y a la Junta de Gobierno Local y la organización y competencias de los distritos. El epígrafe exige distinguir el soporte jurídico y técnico de los órganos colegiados de la decisión política que adoptan. El Secretario General del Pleno y la persona titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno aparecen con denominaciones diferenciadas; estudia sus funciones desde la regulación municipal y no las mezcles con la secretaría general de otras entidades. Los distritos son divisiones territoriales con gestión desconcentrada, mediante las que el municipio organiza participación y atención de asuntos locales. La web municipal de Distritos permite localizar la regulación y los servicios relacionados, mientras que las bases muestran qué piezas forman parte del temario de la convocatoria. Para preparar este bloque, haz un esquema con cuatro apartados: comisiones, secretaría del Pleno, apoyo a la Junta y distritos. Anota qué órgano crea o regula cada elemento y cómo se conecta con la organización central del Ayuntamiento. No presupongas que las funciones de un distrito sustituyen las atribuciones de los órganos municipales generales. Cuando revises las competencias, consulta la norma local vigente y contrástala con la legislación básica. La orientación del temario sirve para delimitar el estudio, no para reemplazar el reglamento orgánico o el reglamento de participación ciudadana. Prioriza los textos municipales oficiales que acompañan el temario.
Tema 08Materias específicas · tema 8

Competencias y servicios mínimos municipales

El programa separa las competencias y los servicios mínimos en un epígrafe propio. Contrástalos con el marco legal del régimen local.

Normas y fuentes relacionadas

Ver el tema 8
  1. 8El municipio: Competencias y servicios mínimos.

    Orientación de estudio. El municipio es la entidad local básica y ejerce competencias propias dentro del marco de la legislación estatal y autonómica. El tema pide estudiar las competencias y los servicios mínimos, así que conviene mantener separados esos dos planos. Las competencias describen materias en las que el municipio puede actuar; los servicios mínimos identifican prestaciones que debe garantizar en los términos previstos por la ley. La Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local explica el catálogo competencial y establece que los servicios obligatorios varían de acuerdo con los criterios legales aplicables. El programa no enumera aquí los servicios uno a uno, pero el artículo de la ley permite contrastar la relación vigente. Para estudiar, comienza por comprender qué significa competencia propia, cómo se diferencia de una delegada y qué papel conserva la normativa sectorial. Después revisa las obligaciones de prestación municipal y el mecanismo de coordinación o asistencia previsto para garantizar servicios. Anota las diferencias entre servicios exigibles en todos los municipios y los que dependen de condiciones poblacionales, verificando cualquier umbral directamente en la publicación oficial. Relaciona este epígrafe con la organización municipal de los temas anteriores: los órganos ejercen atribuciones en nombre del municipio, dentro del ámbito material que la ley les asigna. Una tabla con materia, base legal, tipo de competencia y prestación asociada ayuda a ordenar el tema sin inventar un catálogo propio. Usa la versión vigente de la ley antes de preparar las reglas de cada materia.
Tema 09Materias específicas · temas 9 y 10

Recursos e imposición de tributos locales

La primera parte de haciendas locales enumera recursos y estudia la ordenación e imposición de tributos municipales.

Normas y fuentes relacionadas

Ver los 2 temas (9 a 10)
  1. 9Recursos de las haciendas locales: enumeración. Ingresos de derecho privado: Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

    Orientación de estudio. Las haciendas locales se nutren de recursos de distinta naturaleza. El epígrafe destaca la enumeración general y los ingresos de derecho privado, por lo que el punto de partida es el artículo de la ley que clasifica los recursos de las entidades locales. Entre ellos aparecen ingresos patrimoniales, tributos propios, participaciones en tributos de otras administraciones, subvenciones, precios públicos y operaciones de crédito, con los matices de la regulación aplicable. Los ingresos de derecho privado proceden del patrimonio y de otras relaciones sometidas a ese régimen; deben distinguirse de los ingresos tributarios y de las transferencias públicas. El tema no se agota en memorizar nombres: hay que explicar la naturaleza de cada recurso, su fuente jurídica y el modo en que se integra en la financiación local. Para prepararlo, construye un cuadro con las categorías legales y ejemplos de cada una, sin confundir un recurso con la forma de gestión o recaudación. Comprueba los términos exactos en el texto refundido de Haciendas Locales, porque las bases remiten expresamente a esa norma. Después, compara ingresos de derecho privado, tributos y transferencias para identificar quién debe pagar, qué hecho genera el ingreso y qué régimen lo regula. Esta clasificación se conecta con el presupuesto: los recursos previstos financian gastos y servicios públicos municipales. En preguntas tipo test, fíjate en si la pregunta solicita una enumeración, una definición o la calificación de un ingreso concreto; cada operación exige aplicar un criterio distinto.
  2. 10Imposición y ordenación de los tributos locales: Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

    Orientación de estudio. La imposición y ordenación de los tributos locales comprende las potestades que la ley reconoce a las entidades locales y el procedimiento para establecer o modificar tributos mediante ordenanzas fiscales. El texto refundido distingue impuestos, tasas y contribuciones especiales y regula las condiciones propias de cada figura. Para dominar el epígrafe, compara el hecho que puede originar cada ingreso y evita tratar toda prestación económica municipal como si fuera un impuesto. La autonomía local se ejerce dentro de los límites de la Constitución y de la ley; una ordenanza no puede crear tributos al margen de la habilitación legal ni alterar sus elementos reservados a la norma estatal. El estudio puede seguir el ciclo de la ordenanza: acuerdo de imposición u ordenación, aprobación provisional, exposición pública, resolución de reclamaciones y publicación según las reglas aplicables. Verifica el procedimiento completo en la legislación vigente y separa las reglas generales de las particularidades de cada tributo. El programa remite al Real Decreto Legislativo que aprueba el texto refundido de Haciendas Locales, que organiza las figuras tributarias y sus elementos. Para repasar, redacta una ficha por tipo de tributo con sujeto, hecho imponible y finalidad, y otra con las fases de la ordenanza. Añade ejemplos únicamente después de comprobar la norma. Este tema complementa la enumeración de recursos del anterior: primero clasifica el ingreso y luego estudia cómo se puede establecer, regular y exigir dentro de la legalidad.
Tema 10Materias específicas · temas 11 y 12

Presupuestos y ejecución del gasto local

Los últimos epígrafes pasan de la elaboración y aprobación del presupuesto a las fases que permiten ejecutar el gasto de una entidad local.

Normas y fuentes relacionadas

Ver los 2 temas (11 a 12)
  1. 11Elaboración y aprobación de los presupuestos de las entidades locales.

    Orientación de estudio. El presupuesto local expresa de forma ordenada los ingresos y gastos previstos para la actividad de la entidad. El tema se centra en su elaboración y aprobación, por lo que conviene seguir el proceso desde la formación del proyecto hasta su aprobación definitiva y entrada en vigor. La normativa atribuye funciones a la Presidencia, a los órganos de intervención y al Pleno, e incorpora documentación explicativa, liquidaciones y previsiones económicas. También regula la exposición pública y las reclamaciones, con un procedimiento que debe estudiarse en su secuencia. El Real Decreto 500/1990 desarrolla las reglas presupuestarias locales junto con el texto refundido de Haciendas Locales. Para preparar este epígrafe, separa quién formula el proyecto, qué documentos lo acompañan, qué órgano lo aprueba y qué efectos produce la aprobación. Distingue el presupuesto de la entidad del presupuesto general que integra otras entidades dependientes, sin confundir la aprobación presupuestaria con la ejecución de cada gasto. La fuente oficial permite comprobar los plazos y documentos exigidos; incorpora esos detalles a tu ficha solo después de consultar la versión vigente. Relaciona el presupuesto con el tema de recursos locales: las previsiones de ingresos sostienen las autorizaciones de gasto del ejercicio. Una línea de proceso, acompañada de los actores y documentos de cada fase, ayuda a contestar preguntas de orden y competencia. Evita estudiar únicamente una lista de trámites; entiende qué control persigue cada uno y cómo se protege el equilibrio y la transparencia de las cuentas públicas.
  2. 12Fases del procedimiento de ejecución del gasto de los presupuestos de las entidades locales.

    Orientación de estudio. La ejecución del gasto transforma el crédito aprobado en obligaciones y pagos concretos. El reglamento presupuestario local distingue cuatro fases: autorización, disposición o compromiso, reconocimiento y liquidación de la obligación, y ordenación del pago. Cada fase cumple una función distinta. La autorización inicia el procedimiento y reserva crédito para realizar un gasto; la disposición concreta el compromiso y vincula a la entidad frente a terceros; el reconocimiento verifica que existe una prestación u obligación exigible; la ordenación del pago habilita que se pague conforme al procedimiento. El tema pide estudiar las fases, de modo que es esencial conservar tanto su nombre legal como su orden y efecto. Algunas operaciones pueden acumular varias fases en un acto, pero eso no elimina la función de cada una. Consulta las bases de ejecución del presupuesto y el texto reglamentario para comprender qué órgano interviene y qué documentos respaldan cada paso. Para repasar, aplica las cuatro fases a un gasto sencillo: primero se decide y reserva, luego se formaliza el compromiso, se acredita la obligación y finalmente se ordena el pago. No adelantes el pago a la comprobación de la prestación ni confundas compromiso con reconocimiento. La secuencia se relaciona con el tema de elaboración y aprobación presupuestaria: el crédito nace en el presupuesto, pero el procedimiento de gasto determina cómo se utiliza. La referencia oficial ayuda a verificar las denominaciones exactas y las reglas de acumulación, control y competencia aplicables a las entidades locales.
Tema 11Prueba de la fase de oposición

Un cuestionario tipo test sobre el programa

El proceso selectivo estableció 1 ejercicio eliminatorio. Las bases de Administrativo C1 concretan el número de preguntas, las respuestas alternativas y el tiempo disponible.

Formato del cuestionario

  • 40 preguntas sobre el programa oficial.
  • 3 respuestas alternativas; una es correcta.
  • 50 minutos para realizar el ejercicio.

Corrección

  • Las respuestas erróneas no se penalizan.
  • La prueba es eliminatoria y se refiere al temario de las bases específicas.

Practica con el cuestionario oficial publicado para el proceso F004.

Ver el proceso F004
Tema 00Fuente oficial

El programa completo, en las bases municipales

Los títulos y la separación entre materias comunes y específicas proceden del anexo de las bases del proceso F004. El documento reúne también las reglas del ejercicio y permite contrastar el reparto, el número de preguntas y la duración.

Tema 01Tu preparación

¿Quieres preparar Administrativo del Ayuntamiento de Alcalá de Henares con una academia?

Dinos dónde estás y cómo quieres estudiar. Te orientamos sin coste y, si quieres, te ponemos en contacto con academias que la preparan.

Tema 10Preguntas frecuentes

Dudas sobre el temario de Administrativo en Alcalá de Henares

¿Cuántos temas tiene el temario de Administrativo de Alcalá de Henares?

El programa oficial suma 20 temas: 8 comunes y 12 específicos. La numeración se reinicia entre bloques, y el total de materias no indica cuántas preguntas tiene el cuestionario.

¿La numeración continúa de las materias comunes a las específicas?

No. Las materias comunes comienzan en el tema 1 y terminan en el 8. La numeración de las específicas vuelve a empezar en el tema 1 y acaba en el 12.

Al abrir cada acordeón puedes contrastar el enunciado literal con el documento municipal y consultar las normas enlazadas para ampliar el contexto del epígrafe. El número localiza cada título dentro de su parte, no indica el orden de las preguntas del test.

¿Qué materias comunes aparecen en el programa?

Incluye Constitución y derechos fundamentales, Cortes Generales, Tribunal Constitucional y reforma constitucional. También recoge Administración Local en la Constitución, igualdad efectiva y prevención de riesgos laborales.

La Constitución es el hilo de los primeros temas; después se añaden criterios de actuación en el empleo público y el alcance de la prevención laboral.

¿Qué materias específicas forman el temario?

El bloque específico reúne empleo público, procedimiento administrativo y recursos, organización municipal y competencias locales. Termina con haciendas locales, tributos, presupuestos y ejecución del gasto.

Los últimos epígrafes enlazan con la Administración Local y la legislación de haciendas locales; cada tema se conserva bajo su apartado correspondiente.

¿Cómo es el ejercicio relacionado con el temario?

Las bases describen 1 ejercicio tipo test con 40 preguntas y 3 respuestas alternativas. El tiempo es de 50 minutos y las respuestas erróneas no se penalizan.

El programa se usa como referencia del cuestionario; las bases del proceso F004 reúnen las reglas de duración, respuesta y corrección en el mismo documento.

¿Qué temas se refieren al Ayuntamiento de Alcalá de Henares?

Los temas específicos 6 y 7 desarrollan la organización municipal y sus órganos. El tema 8 aborda las competencias y los servicios mínimos del municipio.

El texto oficial separa estos órganos de los temas de competencias municipales y haciendas locales, aunque todos formen parte del temario específico.

¿Qué normas se citan en los temas?

El programa menciona, entre otras, la Constitución, el Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 39/2015, la Ley Orgánica 3/2007, la Ley 31/1995 y el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Algunos títulos nombran la norma por su fecha o número; el enlace permite localizar el texto oficial sin trasladar ese dato a otro proceso selectivo.

¿Dónde puedo consultar el programa oficial completo?

Las bases municipales reúnen los epígrafes y las reglas del cuestionario: abrir las bases oficiales. Contrasta el anexo y consulta los enlaces al BOE o a páginas municipales para ampliar cada materia.

Comprueba cada epígrafe en las bases oficiales.

El anexo municipal conserva la estructura y el texto del programa de la convocatoria.

Ver bases oficiales